El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso de apelación presentado por Antonio Rubiales Puerto contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Badajoz, tras un juicio seguido por el procedimiento de jurado por la muerte de un joven interno de la prisión de Badajoz, David Sansegundo Ortega, en septiembre del 2006, que lo condenó por un delito de asesinato con la agravante de reincidencia, a la pena de 17 años y 4 meses. Y a la prohibición de acercarse a los familiares de la víctima a menos de 500 metros durante diez años.

Uno de los motivos del recurso se refiere al error en la apreciación de la prueba, cuyas circunstancias entiende el tribunal que no se dan. Como tampoco aprecia, según consta en la sentencia, las condiciones idóneas para la aplicación de las circunstancias atenuantes recogidas y expuestas por la defensa del acusado y ya condenado,.

Igualmente la defensa basa el recurso en la denegación de la prueba de inspección ocular solicitada al inicio del juicio, si bien entiende el TSJEx que no era ése el momento procesal adecuado.

Por otro lado, en cuanto a otra causa sobre la existencia de defectos en el veredicto, el tribunal entiende que no hay irregularidad alguna, como tampoco acepta la existencia de una falta de motivación del mismo. Motivos todos ellos por lo que deniega el recurso.