Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Juicio visto para sentencia en la Audiencia Provincial de Badajoz

Piden 4 años de prisión para dos enfermeros por consultar el historial clínico de una pareja amiga

Los acusados, que también se enfrentan a 9 años de inhabilitación absoluta, dicen que accedieron al archivo del SES a petición de los denunciantes, mientras que estos niegan haberlos autorizado y creen que lo hicieron «para cotillear»

Los acusados, este martes, en el banquillo de la Audiencia Provincial de Badajoz.

Los acusados, este martes, en el banquillo de la Audiencia Provincial de Badajoz. / LA CRÓNICA

Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

BADAJOZ

Un matrimonio, ambos enfermeros, se han sentado este martes en el banquillo de la Audiencia Provincial de Badajoz acusados de acceder al historial clínico de una pareja amiga a través de programa Jara del Servicio Extremeño de Salud (SES) sin su consentimiento y pese a no haber sido nunca ninguno de ellos pacientes suyos ni de los hospitales en los que trabajaban.

La fiscalía y la acusación particular, que ejerce José Luis Delgado Viñals, solicitan 4 años de prisión por un delito continuado de revelación o descubrimiento de secreto cometido por funcionario, que lleva aparejada la inhabilitación absoluta para ejercer cualquier empleo o cargo público por un tiempo de 9 años. Además, reclaman 15.000 euros de indemnización a cada uno por daños morales.

Por su parte, la defensa, en manos de José María y María Cerón, piden su absolución, al entender que no existen pruebas del «grave delito» del que se acusa a sus clientes, que -sostienen- accedieron a la base de datos clínicos de los denunciantes, que no a su historial médico, a petición de estos y con su autorización verbal.

Los hechos juzgados sucedieron entre diciembre de 2018 y diciembre de 2020, cuando, según las acusaciones, «aprovechándose» de su condición de enfermeros, los acusados accedieron sin autorización ni "legitimación" hasta en 13 ocasiones a los historiales clínicos de un amigo y de su novia, que en esas fechas estaba sometiéndose a diferentes pruebas médicas, desde el Hospital Universitario de Badajoz y el de Zafra.

Según los denunciantes, también enfermeros de profesión, se percataron de que habían consultado sus datos en el verano de 2021, cuando los comprobaron para presentarse a una oposición, ya que el sistema registra la identidad de todas las personas que acceden. Eso ocurrió a escasos días del enlace de los procesados, al que estaban invitados y no fueron poniendo una excusa, «por no estropearles la boda y decirles que los íbamos a denunciar». La pareja afirma que saben que accedieron a su historial porque esa era «la única» forma que tenían de conocer que a la mujer le estaban realizando pruebas para confirmar si padecía una enfermedad concreta, de la que no habían hablado con nadie más, ni siquiera con sus familiares más allegados. Además, las consultas, según señalan, se hicieron en días «clave», por lo que creen que realizaban un seguimiento.

Ambos denunciantes niegan haber dado «jamás» autorización a sus amigos para acceder a sus datos clínicos, pues no lo necesitaban, ya que tenían contacto directo y constante con el especialista. Entienden que el motivo fue para «cotillear». «No sé que beneficio les ha dado, si sé el perjuicio para nosotros, porque la intimidad una vez que se pierde, no se recupera».  

Para ayudarlos

Los acusados, sin embargo, aseguran que los denunciantes los llamaban por teléfono con «insistencia» para que consultaran los resultados de pruebas o citas y que accedieron sin dudarlo para «ayudarlos», pues eran «íntimos» amigos. «Siempre fue de palabra y con llamadas, nunca mensajes», dijo el investigado al ser preguntado si podía acreditar que le pedían que consultara sus historiales clínicos.

Asimismo, los procesados sostienen que en ninguna ocasión pudieron facilitarle información porque no estaba disponible, lo que les apenaba. Ambos niegan haber accedido a cualquier información sensible de carácter médico y mucho menos haberla comunicado a terceros, así como que eran conscientes de que el programa registraba los accesos y de las consecuencias que tenía hacerlo sin autorización. «Accedo por petición exclusivamente suya, porque confío en un amigo igual que en mi madre».

Las defensas han argumentado que esta es una práctica habitual entre el personal sanitario con familiares o amigos, pero para la acusación particular esa afirmación es tanto como "justificar el delito".

En el procedimiento también ha estado representado el SES, al que se reclama de manera subsidiaria en concepto de responsabilidad civil. El letrado de la Junta de Extremadura, que se ha adherido a la petición de absolución de las defensas y pide la desestimación de la responsabilidad civil de la Administración regional, entiende que en la vista ha quedado acreditado que Jara es un programa "seguro", que los acusados conocían las cautelas en su uso y que no se pueden implantar más medidas de seguridad para su manejo, puesto que serían "incompatibles" con la atención a los pacientes. "No hay imprudencia, negligencia ni culpa; no hay nada que sostenga la responsabilidad civil subsidiaria del SES".

El juicio ha quedado visto para sentencia.

Tracking Pixel Contents