Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz
Condenado a 12 años de prisión por apuñalar 35 veces a su pareja en Don Benito
El tribunal lo considera culpable de un delito de asesinato en grado de tentativa con las agravantes de género y parentesco
Le retira la patria potestad de la hija menor de edad de ambos y debe indemnizar a la víctima con 50.000 euros

El condenado, de pie, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz el pasado 18 de marzo. / LA CRÓNICA

Doce años de prisión. Es la condena que la Audiencia Provincial de Badajoz ha impuesto al acusado de apuñalar 35 veces a su pareja en Don Benito (Badajoz) en abril de 2022.
En su sentencia, el tribunal lo considera culpable de un delito intentado de asesinato con las agravantes de género y parentesco. Además de la pena de cárcel, se le retira la patria potestad de la hija menor que ambos tienen en común, que contaba con 5 años cuando sucedieron los hechos.
También le impone la medida de libertad vigilada por un periodo de 5 años y le prohíbe acercarse a menos de 500 metros o comunicarse durante un tiempo superior en 10 años a la pena de privación de libertad a la víctima, a la que deberá indemnizar con 50.000 euros.
El tribunal da por acreditado que la madrugada de 9 de abril de 2022, en el transcurso de una discusión con su pareja por «celos» en el domicilio familiar, el condenado, «con ánimo de acabar con la vida» de la mujer, la apuñaló por la espalda, haciéndola caer al suelo, donde continuó clavándole un cuchillo hasta 35 veces por distintas partes del cuerpo, entre ellas el cuello y el tórax, mientras ella se trataba de proteger con sus manos. También le dio un fuerte golpe que le provocó que le saltara un diente.
La víctima creyó en un primer momento que la estaba golpeando y, cuando se dio cuenta de que eran puñaladas y no golpes lo que recibía, le suplicó por su vida y porque «no dejara sin madre a la niña». La respuesta del hombre a sus ruegos fue: «Si no eres mía, no eres de más nadie y aquí nos vamos a quedar los dos», tras lo que le asestó la última puñalada a la altura del corazón.
Él se autolesionó después clavándose la misma arma cuatro veces en el pecho.
Según el fallo, los servicios de urgencia se trasladaron al domicilio de la víctima, «no por la llamada telefónica del procesado», sino porque una vecina, alertada por las voces, avisó al 091. La mujer imploraba al acusado que llamara a emergencias, pero el hombre solo accedió cuando ella le prometió «que no iba a denunciarlo».
En su sentencia, el tribunal sostiene que el testimonio de la víctima goza de su «absoluta credibilidad» y que, además, se ha visto corroborado por pruebas y testigos. «Ha quedado acreditada la intención de matar», pese a que no se produjo el resultado perseguido «por causas independientes a la voluntad del autor».
En este sentido, descarta la hipótesis de que la víctima no hubiera muerto por el desistimiento voluntario del agresor, que no solo verbalizó su intención de acabar con su vida, sino que la apuñaló de forma súbita y reiterada con un instrumento adecuado para causar la muerte, en zonas vitales y valiéndose de una posición dominante sobre ella. «Le propinó 35 puñaladas desde todo punto innecesarias, de lo que se deduce la intención de causar más daño a la denunciante».
Crimen machista
«Estamos indudablemente en presencia de un crimen machista», añade el fallo. La víctima, según la sentencia, estaba sometida al control del acusado, que era «extremadamente celoso» y quería «impedir a toda costa» que rompiera la relación. "No hay duda de la agravante de género", insiste.
La sentencia de la Audiencia de Badajoz no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).
El juicio se celebró el pasado 18 de marzo. El acusado reconoció los hechos, pero aseguró que nunca tuvo intención de acabar con su vida, que estaba «muy borracho» y se le «fue la cabeza» y que se arrepentía.
La fiscalía pedía para él 14 años, 11 meses y 29 días de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa, con las agravantes de parentesco y género, mientras que la acusación particular, ejercida por María Isabel Martínez Téllez, solicitaba 18 de cárcel, 15 años por intento de homicidio y 3 más por un delito continuado de violencia de género.
La abogada de la defensa, María José Malagón, reclamaba que fuera condenado a dos años por un delito de lesiones. Esta parte pedía que se aplicaran las atenuantes de reconocimiento de los hechos e intoxicación etílica, que el tribunal no ha considerado acreditadas.
Con respecto al delito de continuado de violencia de género que le imputaba la acusación particular, no se le condena por no haber quedado acreditado durante la vista hechos reiterados incardinables en este tipo penal.
El condenado lleva en prisión preventiva desde que fue detenido en abril de 2022, tiempo que hay que descontar a la pena de cárcel impuesta.
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