Caso Azagra

Gallardo pide la nulidad de la apertura del juicio oral de la causa contra David Sánchez

Su defensa cree que un auto de la jueza Biedma "incurre en infracción de los derechos al juez ordinario predeterminado por la ley a la tutela judicial efectiva"

Miguel Ángel Gallardo a su salida de los juzgados de Badajoz tras una declaración ante la jueza Beatriz Biedma.

Miguel Ángel Gallardo a su salida de los juzgados de Badajoz tras una declaración ante la jueza Beatriz Biedma. / Santi García

Jonás Herrera

Jonás Herrera

Badajoz

El secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, ha pedido la nulidad de la apertura del juicio oral de la causa abierta contra David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, por su contratación en la Diputación de Badajoz como coordinador de actividades de los Conservatorios de Música dependientes de esa institución provincial.

El actual secretario del PSOE, hasta hace unas semanas presidente de la Diputación, y David Sánchez están procesados por delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias. Así lo confirmó la jueza instructora, Beatriz Biedma, el 22 de mayo cuando dictó el auto de apertura de juicio oral contra Sánchez y Gallardo y otros nueve personas más. 

"Infracción de los derechos al juez ordinario"

El abogado de Miguel Ángel Gallardo, Juan José Torres, solicita la nulidad en un escrito remitido al propio juzgado que lleva la causa, el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz. Este documento llegó el pasado lunes, 23 de junio, a sede judicial y en él Torres plantea un incidente de nulidad del auto de 22 de mayo, en el que abría el juicio oral, y el que dictó el 26 de mayo, que corregía un error. 

Según explica el letrado, en el segundo auto la jueza aclaraba que el juicio debía celebrarse en la Auciencia Provincial y no en el Juzgado de lo Penal. Esto supone, según la defensa de Miguel Ángel Gallardo, que el auto incurra «en infracción de los derechos al juez ordinario predeterminado por la ley». También «a la tutela judicial efectiva en su vertiente de intangibilidad de las resoluciones judiciales».

El juzgado "carecía de competencias"

De la misma forma, la defensa de Gallardo argumenta que este fue nombrado diputado electo el 21 de mayo de 2025, por lo que «es claro» que en el momento de dictarse el auto de apertura de juicio ya estaba aforado por lo que el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz «carecía ya de competencia para acordar la apertura de juicio oral».

En este escrito también se aborda el fraude de ley que la jueza Beatriz Biedma, quien instruye la causa, planteó en su exposición a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura del pasado 9 de junio.

Biedma aseguraba que el aforamiento «repentino» del ex presidente de diputación, un día antes de que ella decidiera la apertura de juicio oral, fue un fraude de ley. Y se trataba de «un plan previamente concebido». 

"Extrañeza" por algunos conceptos de la jueza

Además, Juan José Torres muestra su «extrañeza» por algunos términos que emplea la jueza como «el de ‘ejemplaridad’ o ‘buen gobernante’ que se reconocen extraídos de la filosofía clásica». Por ello, este abogado señala que Gallardo «tendrá o no esas cualidades, pero no es esta la sede en la que tales extremos han de discutirse» y recuerda que el sistema constitucional exige a jueces y tribunales «que actúen sometidos al imperio de la ley».

Por lo que «reflexiones como las citadas resultan harto inapropiadas en una resolución judicial», añade.

Por todo ello, la defensa de Gallardo considera que «la decisión de apertura de juicio oral se ha adoptado sin competencia objetiva para ello». Asimismo, señala que se hace «prescindiendo de normas esenciales del procedimiento», por lo que puede perjudicar gravemente los derechos de su representado.

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