Por su presunta contratación irregular el la diputación
David Sánchez recusa a los magistrados de la Audiencia de Badajoz que lo tienen que juzgar
Su defensa, Emilio Cortés, alega falta de imparcialidad objetiva del tribunal: "Ha llegado a sus propias conclusiones contra reo"

David Sánchez, a su llegada a los juzgados de Badajoz, en una foto de archivo. / S. GARCÍA

Segunda solicitud para que se aparte a los magistrados de la Audiencia de Badajoz que tienen que enjuiciar el conocido como 'caso David Sánchez'. El hermano del presidente del Gobierno ha presentado ya el escrito de recusación del tribunal que tiene que dirimir sobre su presunta contratación irregular en la diputación pacense y si es o no culpable de los delitos de prevaricación y tráfico de influencias que se le atribuyen a él y a los otros 10 investigados más en esta causa.
Su abogado, Emilio Cortés, como ya avanzó a este diario, alega pérdida de imparcialidad objetiva de los magistrados, ya que considera que en su auto del pasado 23 de septiembre, en el que desestimaban el recurso de apelación interpuesto por su representado contra la resolución de la jueza de instrucción Beatriz Biedma y le daba la razón, confirmando la existencia de suficientes indicios para que todos los investigados se sentaran en el banquillo, "exceden en mucho" del balance indiciario "recomendable" y hacen una "valoración provisional de la culpabilidad"-
"El tribunal ha llegado a sus propias conclusiones contra reo", defiende Cortés, que hace suyas todas las consideraciones del escrito de recusación de la exdirectora de Recursos Humanos de la diputación, Juana Cinta Calderón.
La defensa de David Sánchez recuerda que tres de los cuatro magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz que firmaban el citado auto, José Antonio Patrocinio (presidente), Emilio Serrano (ponente) y María Dolores Fernández, son los que integran el tribunal de enjuiciamiento de este proceso, por lo que entiende que han tenido "acreditada intervención decisoria sustantiva" en la fase de instrucción de esta causa penal. En este sentido, argumenta que esa participación ha sido en un trámite "esencial" (el fallo del recurso de apelación contra el auto de acomodación en procedimiento abreviado) y con un discurso en el que se deslizan "valoraciones de sesgo probatorio" y se dan "por acreditados rasgos de cargo contra los acusados".
"El tribunal tiñe su apariencia de imparcialidad, hasta desnaturalizarla, ya que asume, sin subordinadas, postulados fácticos", afirma Cortés. A este respecto, se refiere a la propuesta de la creación de la plaza de coordinador de Actividades de los Conservatorios que se adjudicó a su representado y alega que, en su auto, los magistrados parten del "incuestionable hecho" de que este puesto carecía de cualquier clase de justificación, a pesar de que, según defiende, este destino ya existía y fue extinguido por la jubilación de quien lo ocupaba.
"Hermanísimo, un chascarrillo"
Asimismo, el abogado esgrime que el tribunal utiliza adjetivos y términos para referirse a determinadas cuestiones que revelan "una presunción de imparcialidad", algunos que no usa la jueza instructora para apoyar sus conclusiones indiciarias, como la palabra "hermanísimo", "un superlativo sobre el que absolutamente nada tiene que ver el señor Sánchez Pérez Castejón, quien termina padeciendo una suerte de chascarrillo de un tercero, con las connotaciones de cargo que le asigna el auto de septiembre". Y, además, cuestiona que se use la expresión "de gran relevancia" para referirse al interés de David Sánchez por adquirir un inmueble, considerando que la fecha en la que hizo la consulta parece "crucial". "Seguimos acumulando adjetivos tendenciales", sostiene.
También Cortés alude a los "prejuicios" de la sala al referirse a las "irregularidades" detectadas en la creación, adjudicación y cambio de denominación de la plaza, que, en su opinión, encajan más con la valoración estricta de la prueba, no de los indicios, y suponen un adelantamiento "impropio" del juicio probatorio.
"Presumida intervención de Pedro Sánchez"
El abogado del hermano del presidente del Gobierno argumenta sobre la plaza adjudicada al exasesor de Moncloa Luis Carrero que en el auto del 23 de septiembre se "alarga la sombra de la sospecha" y se deduce la "connivencia criminal" por unos correos electrónicos cruzados entre su cliente y este último. Además, señala que se insiste en la "presumida e inferida intervención de Pedro Sánchez" en los acontecimientos, que fue elegido posteriormente secretario general del PSOE. "Si esa efeméride se eleva a la categoría de prueba de cargo, esta defensa, como el resto de las personadas, no puede oponer nada razonable, al igual que sucede con el parentesco entre don David y con Pedro. No podemos rebelarnos contra la historia, y ya es conocida la derivada probatoria que se anuda a ese incontrovertido dato", expone Cortés.
En este sentido, añade que la Sala, como hizo la jueza instructora, acude "a la pura lógica" para sostener que la falta de empleo de David Sánchez y el cargo político de su hermano hacían causa común para justificar el carácter delictivo del acto administrativo, pese a que los magistrados reconocen "paladinamente" en lo que atañe al delito de tráfico de influencias "que no existe imputación alguna a persona concreta de su entorno".
"No hay razón objetiva para pensar que esta representación será capaz de revertir aquello que ha dejado ya vestibularmente probado el Tribunal, salvo que la concepción de lo lógico varíe en el entendimiento de alguno de sus integrantes, lo que no parece esperable", asevera el letrado de David Sánchez, quien mantiene que la Audiencia dota a su resolución de una "argumentación propia de una sentencia condenatoria", al recoger los requisitos típicos de los delitos que se imputan a los investigados, "fortaleciendo así la carga de culpa".
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