Sentencia de la Audiencia Provincial
Condenada por desviar la nómina de una trabajadora de Badajoz a su cuenta bancaria
El tribunal impone a la acusada la pena mínima por un delito de estafa informática, 6 meses de prisión, al considerar que fue cooperadora necesaria para la comisión del engaño

El fiscal, el tribunal y la defensa, en el juicio, en el no compareció la acusada, el pasado 7 de noviembre. / LA CRÓNICA

La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a la acusada de desviar la nómina de la trabajadora de una empresa pacense a su cuenta bancaria al considerar que fue cooperadora necesaria para la comisión del engaño y actuó como ‘mula informática’ junto a terceros desconocidos. El tribunal le ha impuesto 6 meses de prisión por un delito de estafa informática, la pena mínima porque la cuantía defraudada, 1.935 euros, fue recuperada por la perjudicada, la cantidad no es significativa y no aprecia elementos que agraven su conducta.
El juicio por estos hechos se celebró el pasado 7 de noviembre. La Sala, pese a la incomparecencia de la acusada y la oposición de su defensa, María Teresa Cabezas de Herrera, decidió no suspender la vista, que ya había sido aplazada anteriormente, al entender que no estaba justificada su ausencia.
La fiscalía solicitaba inicialmente para ella 3 años y medio de cárcel por los delitos de estafa informática y blanqueo de capitales, pero este último cargo fue retirado por el ministerio público, por lo que la petición de pena de prisión se redujo a 1 año y 6 meses.
Por su parte, su abogada pidió su absolución, al considerar que no existían pruebas de cargo suficiente para condenarla como autora de una estafa informática.
Sin embargo, en su sentencia, el tribunal estima que sí ha quedado acreditado que participó en el engaño. Así, da por probado que, en octubre de 2023, la procesada cooperó con un grupo de timadores desconocidos, que, desde una cuenta de la República Africana de Benín, simularon ser la trabajadora de la trabajadora perjudicada y lograron desviar los 1935,96 euros de su nómina mensual a una cuenta bancaria de la que era titular la primera.
La acusada realizó el mismo día de su recepción reintegros en cajeros automáticos (de 100 y 700 euros y de otras pequeñas cantidades), así como una trasferencia de otros 900 a una tercera cuenta de personas no identificadas, disponiendo de la totalidad de la nómina de la empleada, lo que, según el tribunal, delata que, aunque no participara en la primera fase de la estafa, colaboró en la segunda.
Recurso al TSJEx
La abogada de la defensa valoró que se le hubiera impuesto la pena mínima a su representada, pero, no obstante, anunció que recurrirá el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), al entender que en la conducta de su defendida no concurren los elementos de un delito de estafa informática.
Asimismo, María Teresa Cabezas de Herrera solicitará que se suspenda la pena de prisión impuesta por la Audiencia.
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