Audiencia Provincial
Piden 5 años de cárcel para un varón por atracar con un rifle un supermercado en Olivenza (Badajoz)
El acusado ingresó en prisión provisional en agosto y su defensa pide la absolución al no quedar probada su participación en los hechos

Supermercado en el que se produjo el atraco el pasado mes de agosto. / La Crónica

El varón acusado por el atraco en un supermercado en Olivenza (Badajoz) se enfrenta a cinco años de cárcel. El suceso ocurrió el 30 de agosto en un establecimiento comercial de la localidad oliventina y en él se sustrajeron 530 euros a punta de arma de fuego.
Agentes de la Guardia Civil detuvieron al sospechoso y en agosto de este mismo año ingresó en prisión provisional. La fiscalía reclama para él cinco años de cárcel y una posterior orden de alejamiento del dependiente asaltado durante ocho años más a contar desde que cumpla su pena de privación de libertad.
Los hechos
El escrito del Ministerio Fiscal señala que el acusado, condenado a tres años y seis meses de prisión en 2016 por unos hechos similares como autor de un delito de robo con violencia y otros numerosos antecedentes, supuestamente entró en el supermercado situado en la calle Lope de Vega de Olivenza con la intención de "obtener un injusto beneficio patrimonial sobre las 15.45 horas". En ese momento, vestía pantalón y sudadera largos y oscuros y llevaba la "capucha puesta sobre la cabeza y el rostro tapado dejando ver solo los ojos".
Fue entonces cuando se "dirigió portando una escopeta al establecimiento" y exhibiendo "el arma y señalando la caja registradora le reclamó al dependiente del establecimiento el dinero". Cuando el acusado con "actitud amenazande" levantó el arma, el dependiente le hizo entrega de 530 euros.
Por lo expuesto, la fiscalía asevera que los "hechos narrados son constitutivos de un delito de robo con intimidación en las personas en local abierto al público y con uso de instrumento peligroso" de los que el encausado es autor. También contemplan el agravante de disfraz y el de reincidencia, por lo que reclaman al acusado 5 años de prisión, la prohibición de acercarse al dependiente al que atracó a menos de 500 metros por tiempo de 8 años.
Además, pide que el varón indemnice al establecimiento comercial con la cantidad de 530 euros por los efectos sustraídos.
"No existe prueba de cargo suficiente"
El abogado defensor, Fernando Cumbres, sostiene que el procedimiento debe resolverse con una absolución porque, a su juicio, "no existe prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia" de su cliente. Según explica, la acusación se apoya únicamente en el testimonio de un trabajador del establecimiento, una prueba que considera claramente insuficiente.
Cumbres subraya que "la única prueba de cargo es un dependiente del supermercado que dice que está al 90% seguro, pero reconoce que no tiene certeza absoluta", algo que, en su opinión, invalida cualquier condena. "No creo que eso sea prueba suficiente cuando no existe una seguridad absoluta", reitera, insistiendo en que la duda debe resolverse a favor del acusado.
El letrado recalca que no hay ningún elemento objetivo que permita identificar al autor de los hechos. "No hay ningún rasgo característico del asaltante que lo vincule con mi cliente: no hay tatuajes, ni cojera, ni barba característica, ni una prenda única", señala. Para Cumbres, lo que plantea la acusación son únicamente "hipótesis y conjeturas".
Otro de los argumentos clave de la defensa es que el propio acusado volvió al establecimiento poco después de los hechos. "Mi cliente va diez minutos después a comprar, con una ropa distinta del asaltante, y le atienden con total normalidad", explica Cumbres, cuestionando la lógica de que posteriormente se le identifique como autor.
El abogado también destaca la falta total de pruebas materiales. "No se encontró ningún arma, ni ropa coincidente, ni nada que lo incrimine", afirma, remarcando que la detención se produjo horas después y que el propio acusado "se ofreció a que registraran su casa".
En este contexto, Cumbres concluye que "no existe prueba de cargo que permita determinar la autoría ni siquiera individualizar al autor del delito", por lo que entiende que "debe proceder necesariamente la absolución". "No se puede condenar a una persona en base a suposiciones o conjeturas sin fundamento", sentencia.
El juicio se celebrará el próximo lunes en la Audiencia Provincial de Badajoz.
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