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Tribunales

Condenado a 18 años de prisión por agresión sexual a sus dos hijastras menores de edad en Badajoz

El tribunal no alberga «duda alguna» sobre su culpabilidad y sustenta su sentencia condenatoria en las «veraces» declaraciones de las víctimas y en el ADN del acusado hallado en el cuerpo y la ropa interior de una de ellas

El condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz.

El condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz. / LA CRÓNICA

Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

Badajoz

Las declaraciones de las víctimas son «veraces, expresivas y sinceras», no existe fabulación ni motivos para inventarse su relato y en la ropa interior y el cuerpo de una de ellas, que, además, presentaba lesiones compatibles con los hechos denunciados, había ADN de su padrastro. En estas pruebas sustenta la Audiencia Provincial de Badajoz la condena de 18 años y un día de prisión al hombre acusado de agredir sexualmente a las dos hijas menores de edad su pareja, que en esos momentos tenían 14 y 8 años.

En su sentencia, el tribunal afirma que no alberga «duda alguna» sobre la culpabilidad del procesado, que se aprovechó de la «hegemonía anímica» que tenía sobre las menores para agredirlas sexualmente.

Así, en su fallo da por probado que la madrugada de 18 de agosto de 2022, en la vivienda en la que residía el acusado junto a la madre de las menores y en la que la víctima de 14 años estaba pasando las vacaciones, el padrastro se acercó a ella cuando estaba en el porche de la casa y la conminó a que se fuera a dormir al sofá. Entonces, según la sentencia, él se tumbó a su lado, para después comenzar a realizarle tocamientos en sus partes íntimas y penetrarla con el dedo u otro objeto. La menor contó a su hermano mayor y a su padre lo ocurrido y ese mismo día la llevaron al Hospital materno Infantil. El informe médico determinó que había lesiones, de una data no superior a 48 horas, compatibles con los hechos, que fueron denunciados.

A raíz de esta denuncia, la hermana menor contó que a ella también la había agredido y el tribunal da por acreditado que fue así «de manera continuada» entre diciembre de 2021 y octubre de 2022, cuando la niña, que contaba entonces con 8 años, convivía con el acusado y su madre y dormía en su misma cama, lo que aprovechaba el padrastro para realizarle tocamientos lascivos.

Restos biológicos

Para el tribunal, la prueba de cargo «fundamental y más relevante» sobre la que se asienta su sentencia condenatoria es la declaración de las dos víctimas, que, según sostiene, corroboran otras de «especial y singular potencia acreditativa», como los restos biológicos del acusado en el cuerpo y la ropa interior de una de ellas. A ello suma los informes de los forenses sobre las lesiones y secuelas emocionales de las menores, que a consecuencia de estos hechos presentan como secuelas alteración en su psique y personalidad y desajustes en distintos ámbitos de su vida que afectan a su desarrollo psicoafectivo.

La Sala, por el contrario, no da credibilidad a la declaración del acusado y descarta que, como afirmó esta parte en el juicio, las denuncias se debieran a intereses económicos de los progenitores de las víctimas o a un intento de romper relación de su padrastro con su madre, lo que no sucedió.

La progenitora manifestó durante la vista que sus hijas no decían la verdad, pero el tribunal «no le concede ningún valor como prueba de descargo» a su testimonio. Es más, llega a señalar que pareciera que intentara proteger a su pareja en contra de sus hijas, «conducta que se podría acercar a los límites del Código Penal», advierte.

La fiscalía solicitaba para él 21 años de prisión y 30.000 euros para cada una en concepto de responsabilidad civil, mientras que la acusación particular -que solo representa a la hija de más edad-, en manos de Alfredo Pereira, pedía 15 años de cárcel y 60.000 euros. La defensa, en manos de José Duarte, reclamó su absolución.

Penas

Finalmente, por el delito de agresiones sexuales agravadas con penetración contra la menor de 14 años, el tribunal lo ha condenado a 9 años y un día de prisión, y por el delito de agresión sexual continuada a la víctima de 8 años, otros 9 años. En ambos casos, le impone la medida de libertad vigilada durante 5 años, así como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y comunicarse con ellas durante 7.

Además, por los daños morales y secuelas debe indemnizar a cada una de las víctimas con 20.000 euros, que deberá entregar a sus padres (no a su madre, precisa el fallo), para que sean invertidas en la formación y el sustento de las menores.

Esta sentencia no es firme y el abogado de la defensa ya ha avanzado que la recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

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