Sentencia del Juzgado de lo Penal número 1
Absuelto en Badajoz un hombre que abofeteó a su pareja para evitar que se tirara por un balcón
El juez estima probado que agredió a la mujer, que estaba sufriendo alucinaciones, en una situación de necesidad y que le causó un mal menor que el que trataba de impedir, pues las lesiones al precipitarse hubieran sido más graves

Fernando Cumbres, abogado de la defensa. / S. GARCÍA

Agredió a su pareja, pero lo hizo para evitar un mal mayor: que la mujer se precipitase desde el balcón de su vivienda. El Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz ha absuelto a un hombre acusado de propinar una bofetada a su pareja, cuando esta estaba sufriendo alucinaciones y intentó lanzarse al vacío desde la primera planta de la casa, en la que ambos convivían con las hijas de ella, una menor de edad.
Tras el episodio, la mujer llamó a la Guardia Civil y denunció al hombre, que acabó sentado en el banquillo por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género. Aunque la acusación particular solicitó el sobreseimiento de la causa en fase de instrucción, durante el juicio se adhirió al escrito de la fiscalía. El ministerio público solicitaba 1 año de cárcel, así como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante 5 años. Además, pedía que el acusado indemnizara a la denunciante con 105 euros por las lesiones.
La defensa, ejercida por Fernando Cumbres, reclamaba su absolución.
"Culebras"
Los hechos sucedieron el 10 de mayo de 2024 sobre las 17.30 horas. Según expone la sentencia en el apartado de hechos probados, cuando el procesado se disponía a dormir la siesta, la hija menor de su pareja lo alertó de que su madre estaba sufriendo una alucinación y creía ver culebras. Al instante, la mujer llegó a la habitación en la que estaba el acusado y, a consecuencia del «trance» que estaba sufriendo, intentó precipitarse por el balcón de la primera planta. Para evitarlo, el hombre cerró la puerta con fuerza y rompió parte de la cristalera.
En ese momento, la hija mayor de la denunciante, que había acudido a ver qué ocurría, presenció como él le daba una bofetada a su madre «para que esta volviera a la realidad y actuara de forma racional».
El juez considera que ha quedado demostrado que el acusado abofeteó y agarró con fuerza por los brazos y las piernas a su pareja en una «situación de necesidad» con el fin de evitar que se precipitase por el balcón, causándole un mal menor que el que trataba de impedir, pues que las lesiones que hubiera sufrido de conseguir su propósito hubieran sido «más graves» que las que él le provocó.
Contusiones
La mujer, según el informe del médico forense, sufrió una contusión en el codo por el agarre y otra en la mejilla izquierda compatible con el bofetón, que precisaron de una única asistencia facultativa. Fueron lesiones que no tardaron más de dos o tres días en curarse y que no impidieron su actividad habitual.
La sentencia recoge que «no cabe duda» de que se produjo una lesión en el ámbito de la violencia de género, que el propio autor reconoce y que corroboran la hija mayor de la denunciante, que fue testigo directo del bofetón y una vecina, a la que el acusado cuenta lo sucedido. Sin embargo, el juez entiende que no concurren todos los elementos de este delito, que está «profundamente influido» por las circunstancias en las que rodean a los hechos.
En el juicio, la denunciante declaró que en el momento de la agresión no estaba sufriendo «ningún tipo de brote», que no tenía alucinaciones y, aunque reconoció que había consumido alcohol, negó que estuviera bajo sus efectos. La defensa aportó un vídeo en el que se veía a la mujer durante un episodio que podría asemejarse a lo ocurrido el día de los hechos enjuiciados, pero ella aseguró que estaba sufriendo un ataque de ansiedad y no un brote psicótico. Sin embargo, el juez considera que su testimonio no fue ni objetivo ni «racionalmente creíble» sobre la realidad de lo sucedido el 10 de mayo de 2024.
Sin comportamientos violentos
Las versiones que dieron en su declaración la hija mayor y del procesado fueron coincidentes. La primera relató que vio a su madre diciendo que veía culebras y que se quería tirar por el balcón y que la intención del investigado fue en todo momento «alejar» a su progenitora, a la que golpeó para evitar que se lanzara. También declaró que el hombre nunca había tenido un comportamiento violento ni con ella, ni con su hermana ni con su madre.
Por su parte, al acusado aseguró que su única intención era «calmarla» y «en ningún momento lesionarla»y que le dio un tortazo para que «volviera en sí», porque trató de abalanzarse hacia el balcón hasta en dos ocasiones. Según declaró, el comportamiento de la mujer estaría motivado «por el consumo de alcohol y medicación».
Último recurso
El juez sostiene en la sentencia que, a la vista de la falta de conocimientos del procesado técnicos para lidiar con una situación de otra manera, la bofetada se da como «último recurso» para evitar un episodio que lo desbordaba y no para dañar a la denunciante.
Por todo ello, lo declara inocente y lo absuelve.
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