Auto del Juzgado de lo Mercantil número 1
Un juzgado perdona una deuda de 190.000 euros a un vecino de Badajoz con ludopatía
Sus adicciones lo llevaron a perder su casa familiar y a sobreendeudarse con préstamos rápidos, una situación a la que también arrastró a su pareja

Gustavo Gómez Vázquez, abogado. / S. GARCÍA

Su adicción al juego y al alcohol lo llevaron a una situación de insolvencia que arrastró durante más de 12 años, hasta que recurrió a la Ley de Segunda Oportunidad para poder empezar de cero. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz ha perdonado una deuda de 190.000 euros a un funcionario, ya jubilado, y a su mujer, ama de casa, que se sobreendeudaron debido a la ludopatía y alcoholismo del hombre.
Los primeros procedimientos de ejecución frente al matrimonio supusieron la pérdida de la vivienda familiar al no poder hacer frente a los pagos de la hipoteca. Las dependencias del marido persistieron y el endeudamiento de la pareja fue a más después de recurrir a tarjetas y préstamos rápidos.
La situación era insostenible para la familia y, además, debido a sus problemas de salud, el hombre se jubiló por incapacidad permanente total.
En tres meses
Su caso lo ha defendido el despacho de abogados Gómez Vázquez, especializado en insolvencias. El matrimonio fue declarado en concurso de acreedores y en poco más de tres meses el juzgado dictó el auto de exoneración, poniendo fin a una situación económica que era insostenible para la pareja.
La Ley de la Segunda Oportunidad se está ganando peso como herramienta legal para aquellas personas insolventes que no encuentran otra vía para liberarse de su sobreendeudamiento y, en el caso de aquellas que sufren adicciones, una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha creado un precedente. En su fallo, el tribunal sostiene que el comportamiento de un deudor con una adicción acreditada se ve afectado por esa dependencia, por lo que no se endeuda por capricho, sino porque no calibra las consecuencias de sus actos.
Además, la sentencia también pone el foco en las entidades financieras que conceden las tarjetas y préstamos rápidos y recuerda que, por ley, están obligadas a conceder créditos de manera responsable. Es decir, que si no se valora la capacidad de solvencia del solicitante, no se puede reclamar a quien lo pidió.
Condicionadas por la dependencia
El fallo de la Audiencia de Zaragoza era, como el del funcionario de Badajoz, un caso de ludopatía, en el que también las decisiones económicas estaban condicionadas por la dependencia.
Uno de los requisitos de las personas que pueden beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad es ser deudor de buena fe y los juzgados no solo admiten las adicciones como causa de la insolvencia, sino que en muchos casos está siendo un factor determinante para que se condonen las deudas.
En estos casos, los jueces valoran la relación directa entre el endeudamiento y la dependencia; que haya iniciado un tratamiento para rehabilitarse; y que no mantenga el comportamiento que llevó al sobreendeudamiento.
«En el caso de nuestro cliente la cuestión principal era valorar si la ludopatía entraba dentro del requisito de buena fe que tiene que tener todo deudor para la exoneración y vimos que con esta enfermedad era así», explica Gustavo Gómez. En este sentido, destaca que el resultado supone una «doble satisfacción», porque no solo ha podido superar sus problemas económicos, sino que al liberarse de la deuda, puede afrontar mejor la recuperación de las dependencias que lo llevaron a la insolvencia.
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