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Auto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer

La jueza descarta la violencia machista en el atropello mortal de La Codosera (Badajoz)

Solo ve indicios de un delito de homicidio imprudente y decreta libertad provisional para el investigado por matar a su pareja arrollándola con el coche

Le prohíbe acercarse a la familia de la víctima y le veta la entrada al municipio

Un cámara graba el lugar donde se produjo el atropello mortal, en la calle Enrique Tierno Galván de La Codosera.

Un cámara graba el lugar donde se produjo el atropello mortal, en la calle Enrique Tierno Galván de La Codosera. / S. GARCÍA

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Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

Badajoz

Giro en el caso de la muerte de Verónica González, la vecina de 46 años de La Codosera que falleció tras ser atropellada por su pareja la noche del 14 de octubre de 2025, durante una disputa con los familiares de ella en plena calle. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Badajoz se hizo cargo de la instrucción y el autor del atropello mortal fue detenido e ingresó en prisión preventiva como presunto autor de un homicidio doloso, sin embargo, seis meses después, la jueza descarta que se trate de un crimen machista y solo ve indicios de un delito de homicidio imprudente.

Así lo refleja el auto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en el que se acuerda la libertad provisional sin fianza para el acusado, que abandonó la prisión de Badajoz hace ya varios días, con la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes en sede judicial. También se le retira el pasaporte.

La resolución judicial, a la que ha tenido acceso este diario, señala que existen «motivos bastantes» para estimar que el investigado es responsable criminalmente de un delito de homicidio imprudente, pero que dado el tiempo transcurrido desde que se decretó su ingreso en prisión provisional -el 16 de octubre de 2025- y que no cuenta con antecedentes penales, se acuerda su puesta en libertad con cargos a la espera de juicio.

Así lo solicitaron tanto la fiscalía como la defensa, en manos de Alfredo Pereira, después de que la jueza acordara la continuación de las actuaciones por los trámites del procedimiento abreviado, es decir, cuando dio por concluida la investigación y estimó que hay indicios racionales de criminalidad contra el investigado por hechos que podrían ser constitutivos de un delito de homicidio imprudente.

La acusación particular, por su parte, se opuso a su puesta en libertad.

Como medidas cautelares, se prohíbe al imputado que se aproxime a menos de 500 metros de los padres y hermanos de la víctima, a sus domicilios, lugares de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado con ellos y comunicarse por cualquier medio, al mismo tiempo que se le veta la entrada a La Codosera.

En el auto, la jueza justifica la adopción de estas medidas cautelares debido a la gravedad de los hechos y las circunstancias en las que sucedieron -en referencia a la relación conflictiva entre el investigado y la familia de la víctima y la proximidad de sus domicilios-, por el «peligro» de que se pudieran repetir y ante una «evidente situación objetiva de riesgo» para los familiares de Verónica González.

Retirada del carné

También, dada la naturaleza del delito que se le imputa y cómo ocurrieron los hechos, se acuerda como medida cautelar la privación del derecho a conducir vehículo a motor o ciclomotor con la retirada del permiso.

«Estas medidas no prejuzgan en modo alguno la realidad de los hechos, la culpabilidad del investigado o su peligrosidad social, quedando exclusivamente subordinados sus efectos a la finalidad de prevención perseguida por la ley», precisa la jueza en su auto.

Verónica González falleció tras ser atropellada por su pareja durante una discusión con los padres y hermanos de la mujer. Los servicios de emergencia trataron de reanimarla, pero no pudieron hacer nada por salvar su vida. Tras el atropello, el investigado huyó en su vehículo y fue detenido por la Guardia Civil en el cruce de la carretera de La Codosera con Albuquerque. Antes había llamado al 112.

Aunque en un primer momento se informó de que su muerte no se estaba investigando como violencia de género, unas horas después la Guardia Civil informó de que sí. Lo hizo tras tomar declaración a testigos y familiares. El Ministerio de Igualdad también confirmó que se trataba de un asesinato machista y se guardaron minutos de silencio para condenar los hechos en numerosas poblaciones de fuera y dentro de Extremadura, entre ellas La Codosera.

Una vez que ya se han terminado las diligencias de prueba, la jueza tiene que dar traslado a las partes para que puedan solicitar más y, en caso de que no lo hagan, califiquen los hechos o pidan el archivo de la causa.

La defensa: "No hubo discusión entre ambos ni intención de atropellarla"

«Es lo que ha dicho desde el primer momento esta defensa: no hubo discusión entre ambos ni intención de atropellarla». El abogado del investigado, Alfredo Pereira, entiende que el auto de la jueza del Juzgado de Violencia sobre la Mujer refrenda la versión que ha mantenido su cliente desde que sucedieron los hechos y la tesis que ha defendido esta parte desde que se hizo cargo del caso: que no se trataba de un asesinato machista. Por este motivo, tras la primera declaración de su representado en sede judicial, solicitó que el Juzgado de Violencia de Género se inhibiera en favor de la jurisdicción ordinaria.

En su comparecencia ante la jueza, el autor del atropello mortal aseguró que ese día su pareja y él se dirigieron juntos en el coche a la casa de la familia de ella a intentar aclarar un asunto relacionado con una parcela, que discutieron con los padres y hermanos de ella, que se bajó del coche para intentar calmar los ánimos. La tensión iba en aumento y él, según relató, creyó que había golpeado a otro coche, a una pared o, incluso, que podría haber atropellado a su suegra, por lo que huyó «por miedo». El investigado declaró que no fue consciente de que había arrollado a su mujer hasta que se lo dijo la Guardia Civil.

Pereira sostiene que no hay «ni un indicio» de que fuera un crimen machista: no existían denuncias previas por violencia de género, no hay pruebas que acrediten que la discusión fue entre ambos y las declaraciones de algunos de los testigos corroboraron que la disputa era con los familiares de ella. Además, según señala, la versión de su cliente sobre cómo se produjo el atropello también estará respaldada por los informes sobre distancias e iluminación en el lugar de los hechos.

El Código Penal establece penas de 1 a 4 años de prisión para el delito de homicidio imprudente, que se elevan a entre los 10 y 15 años para los de homicidio dolosos.

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