Tribunales
Archivadas las denuncias del curso pasado contra una TEI del colegio de Cerro Gordo en Badajoz
El juez concluye que las pruebas practicadas no revelan indicios de criminalidad en el comportamiento de la trabajadora con los menores
Otro juzgado mantiene abiertas las diligencias por las denuncias de otras seis familias este año contra ella por presunto trato vejatorio a sus hijos de 2 años

Escolares y padres en las puertas del colegio de Cerro Gordo, en una imagen de archivo. / S. GARCÍA

El Juzgado de Instrucción número 2 de Badajoz ha acordado el archivo provisional de las denuncias presentadas, el curso pasado, por tres familias contra una técnica de Educación Infantil (TEI) del colegio de Mirador de Cerro Gordo por el presunto trato degradante a sus hijos de dos años, al entender que, tras las pruebas practicadas, «no hay indicios suficientes de la comisión de delito penal alguno».
Es la misma trabajadora que ha sido denunciada este curso por otras seis familias por un comportamiento similar, una causa por la que el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz mantiene abiertas las diligencias y en la que están citados a declarar a finales de este mes denunciantes y denunciada.
Como ya informó este diario, la Consejería de Educación, tras las denuncias de los padres durante curso escolar 2024/2025, abrió una investigación, que fue archivada por falta de pruebas. El informe del Servicio de Inspección Educativa realizó entrevistas a monitoras del comedor, compañeras de la investigada, alumnado en prácticas y equipo directivo y analizó el contexto y analizó el contexto escolar y las medidas tomadas por la dirección, concluyendo que no hubo ni agresiones físicas a los menores ni conductas constitutivas de infracción disciplinaria.
Ahora es el Juzgado de Instrucción número 2 el que resuelve el sobreseimiento provisional, al estimar que, frente al informe de Educación, ni las manifestaciones de los denunciantes, «huérfanas de corroboración objetiva externa» y basadas en testimonios atribuidos a menores de muy corta edad, acreditan que la TEI, defendida por el abogado Enrique González de Vallejo, tuviera comportamientos inadecuados con los niños, según se recoge en el auto de archivo.
El juez entiende que las pruebas y las declaraciones, «aun pudiendo describir un conflicto o discrepancia» en el ámbito educativo, no alcanzan «el umbral de relevancia penal exigido, ni permiten afirmar la existencia de un trato degradante, vejatorio o atentatorio contra la integridad moral penalmente sancionable», según expone.
Más diligencias son "innecesarias"
Los denunciantes solicitaron más diligencias, pero el magistrado, en el mismo auto, las deniega al considerar que son «innecesarias». En este sentido, sostiene que ello no genera indefensión alguna, porque la parte denunciante ha tenido «oportunidad sobrada» de exponer su versión, valorándose todos los elementos de prueba de manera «conjunta y motivada».
Por el contrario, según añade, la continuación de la instrucción sin indicios penales relevantes supondría «una afectación injustificada a los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica y tutela efectiva» de la TEI investigada.
De este modo, a la vista de que se han agotado las diligencias que lleven al esclarecimiento de los hechos, descartados los indicios de criminalidad y que la práctica de nuevas pruebas es «improcedente», acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.
La TEI se encuentra en estos momentos de baja laboral. Fueron dos técnicas de Educación Infantil en prácticas quienes dieron la voz de alarma este curso por los presuntos comportamientos inadecuados de esta profesional con los niños de 2 años, tras lo que sus padres presentaron las denuncias. De manera paralela a la investigación del Juzgado de Instrucción número 3, la Consejería de Educación ha abierto otra.
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