Tribunales
La Audiencia de Badajoz archiva por segunda vez la causa del cupón de los 17 millones de euros: no hay pruebas de extorsión
Desestima de nuevo el recurso del varón que denunció haber sido coaccionado y amenazado para repartir el premio millonario con las otras dos mujeres agraciadas y rechaza reabrir el procedimiento por falta de indicios

Exterior de la Audiencia de Badajoz. En el círculo, tres cupones premiados en el sorteo del 5 de mayo de 2024. / LA CRÓNICA

No hay material probatorio nuevo. Es el argumento con el que la Audiencia Provincial de Badajoz ha acordado, por segunda vez, el archivo provisional de la causa por la denuncia por extorsión que presentó uno de los tres agraciados con el cupón de la ONCE premiado con 17 millones de euros en el Sorteo del Día de la Madre de 2024.
En noviembre de ese mismo año, la Audiencia ya dio la razón al Juzgado de Instrucción Número 1, instancia que llevaba el caso, que decretó el sobreseimiento provisional al entender que no había pruebas suficientes que demostraran que el denunciante había sido amenazado a punta de pistola y obligado a repartir el premio con otras dos mujeres, con las que firmó un contrato para dividir en tres partes el dinero.
El denunciante presentó en abril de este año un escrito al juzgado para solicitar que se reabriera la causa, argumentando que tenía nuevas pruebas, pero el juez se lo denegó, por lo que volvió a recurrir a la Audiencia de Badajoz, que ha desestimado otra vez su recurso alegando que los elementos probatorios que ha aportado no son tales, sino una «valoración crítica» de las pruebas que ya se han practicado anteriormente.
Así, considera que ni las fotografías que ha aportado -en las que se ven dos cupones unidos, uno el del premio millonario y otro agraciado con 40.000 euros que regaló a un amigo-ni las falsedades que, según dice, declararon una de las investigadas y un testigo son suficientes para reabrir el procedimiento. Sobre las primeras, el tribunal señala que están incorporadas en la causa desde el principio y sobre lo segundo, que no supone añadir elementos indiciarios novedosos.
Tampoco estima como razón para la reapertura que el denunciante solicite declarar de nuevo, sin adelantar el contenido de su comparecencia para no poner en preaviso a los investigados, ni tampoco que pida que se tome declaración a su hermano, a quien se refiere cómo la única persona que estaba con él cuando compró el cupón premiado. Según el auto de la Audiencia, ha sido en este segundo recurso de apelación ante este órgano la primera vez que realiza esta afirmación, por lo que no se puede analizar porque no ha sido analizado por el juzgado de instancia.
La fiscalía y la acusación particular se opusieron al recurso de apelación.
Amistad «íntima»
De esta forma, la justicia vuelve a fallar a favor de las denunciadas, que mantienen que compraron el cupón que resultó agraciado con los 17 millones de euros entre los tres y firmaron un contrato tras acordar el reparto en tres partes iguales.
«Mis clientas han decidido hablar porque quieren que quede claro que no ha existido ninguna extorsión, que lo hemos probado con vídeos, audios y mensajes que demuestran que la actitud del denunciante, ni el día que tocó el cupón ni los días siguientes, es de una persona que esté amenazada ni coaccionada», sostiene Rosa Dorado, abogada de las otras dos ganadoras del premio. En este sentido, recalca que a los tres los unía una «amistad íntima» y que compartían cupones y lotería «habitualmente».
«Difamadas»
«No ha podido probar (por el denunciante) que haya habido extorsión, pero sí ha quedado demostrado que no la ha habido», insiste la letrada, que asegura que lo único que quieren sus representadas es que «se las deje de difamar y se deje de hablar de personas que han fallecido», en referencia, aunque sin nombrarlo, al padre de ambas, que también estaba investigado en esta causa y que fue asesinado a tiros el 30 de diciembre de 2024 a la entrada de la urbanización de Tres Arroyos, un crimen que aún está por resolver. «Quieren que las dejen en paz, porque bastante tienen ya», pide.
La abogada hace hincapié en que sus clientas han mantenido desde el primer momento la misma versión de los hechos, que ha quedado refrendada por las declaraciones de los testigos y el resto de pruebas. Con respecto a los primeros, se refiere en especial a la persona que les vendió el cupón millonario, que dijo haber visto a dos mujeres en el coche del denunciante cuando se lo compró, «y no a su hermano, como dice ahora», apunta.
Además, menciona las imágenes que han aportado de los tres, junto a otras personas, en casa de una de las investigadas la noche del sorteo, cuando ya conocían habían ganado el premio, y al día siguiente y los mensajes que se intercambiaron ese día y los posteriores, donde el denunciante llama a esta última «amiga» y le dice «esto nos lo ha enviado el de arriba», en referencia a su marido, que había sido asesinado solo unos meses antes -en febrero de 2024- por unos pistoleros en el bar Vaquerizo.
«No saben por qué de repente, una semana después, todo cambió y las denunció», afirma Dorado, que desmiente que sus defendidas tengan cualquier vinculación con la persecución e intentos de homicidio de los que el denunciante asegura haber sido víctima desde que llevó el caso del cupón a los tribunales. «Lo que quieren es cerrar de una vez por todas este capítulo; es algo que les afecta emocionalmente», señala la abogada.
Por ese motivo, según explica, de momento, no van a emprender acciones judiciales contra el denunciante, a pesar de que se sienten «difamadas». Para esta parte, aunque el archivo de la causa es provisional, no tiene más recorrido. «Para nosotros no lo ha tenido desde el principio, porque no ha habido nunca ninguna extorsión: la justicia ha escuchado a todas las partes y ha decidido y eso hay que respetarlo, unos y otros», defiende Rosa Dorado.
La otra parte
El abogado del denunciante, Enrique González de Vallejo, por su parte, señala que está valorando el auto de la Audiencia que desestima su recurso y, por el momento, prefiere no pronunciarse al respecto.
El sobreseimiento provisional del procedimiento pasará a ser definitivo una vez que prescriba el delito que se ha investigado. Los magistrados, en su resolución, recuerdan que su reapertura depende de que se aporten «nuevos elementos de prueba no obrantes en la causa» que lo hagan preciso.
En este sentido, exponen que, como establece la abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo, no sirve una «simple» revisión del material instructor, sino que es necesaria una «alteración sustantiva» que haga decaer el motivo del archivo por la incorporación de datos nuevos, posteriores o antes inaccesibles que hagan necesaria la continuación o reactivación de la investigación penal de los hechos denunciados.
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