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Está en Alcalá-Meco desde el pasado enero

El entrenador de fútbol base de Badajoz investigado por pornografía infantil seguirá en la cárcel

La Audiencia desestima el recurso contra el auto que denegó su puesta en libertad provisional n El tribunal argumenta que no hay circunstancias sobrevenidas que justifiquen una medida cautelar menos gravosa

Un furgón de la Guardia Civil conduce al entrenador de fútbol a los juzgados de Cáceres tras su detención, el pasado mes de enero.

Un furgón de la Guardia Civil conduce al entrenador de fútbol a los juzgados de Cáceres tras su detención, el pasado mes de enero. / CARLOS GIL

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Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

Badajoz

El entrenador de fútbol base de Badajoz detenido el pasado enero por delitos relacionados con la pornografía infantil seguirá en prisión. La Audiencia de Badajoz ha desestimado el recurso que presentó su defensa contra el auto del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz que denegó su puesta en libertad, al entender que no existen circunstancias sobrevenidas que justifiquen que se adopte una medida cautelar menos gravosa para el reo.

El investigado, que era responsable de la cantera del Gévora y policía militar en la base aérea de Talavera la Real, permanece interno en el centro penitenciario de Alcalá-Meco de Madrid desde el 26 de enero de este año, después de que la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Cáceres, en ese momento al frente del caso, decretó su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza como presunto autor de un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil y otro de usurpación del estado civil. El juzgado cacereño se inhibió posteriormente en favor del número 3 de Badajoz, ante el que su defensa ha presentado un incidente de nulidad y expurgo probatorio, que aún está pendiente de resolver.

Precisamente, este era uno de los argumentos que los abogados del entrenador exponían en su recurso ante la Audiencia de Badajoz para solicitar que su cliente fuera puesto en libertad. Además, a diferencia de la magistrada instructora, sostenían, que no hay motivos suficientes para pensar que existe riesgo de destrucción de pruebas ni de fuga ni tampoco de reiteración del delito por parte de su representado, pues los hechos investigados se remontan a 2022 y no se le ha imputado ningún otro desde entonces ni en el transcurso de la investigación.

Sin embargo, la Audiencia de Badajoz entiende que en este momento procesal, cuando queda pendiente una «más que relevante diligencia de investigación», en referencia al informe de registro de los dispositivos incautados al investigado, lo que podría derivar en la identificación de otras víctimas, justifica que la medida cautelar de la prisión provisional se mantenga, sin que sean suficientes otras alternativas que plantea la defensa, como la comparecencia periódica en sede judicial.

Asimismo, en su auto menciona como otras razones para no admitir las alegaciones de la defensa, la «gravedad» de los hechos por los que está siendo investigado, así como la persistencia del riesgo de fuga, ya que no es suficiente el arraigo manifestado por la parte recurrente.

Agilizar la instrucción

No obstante, el tribunal no descarta valorar de nuevo la situación personal del entrenador si, a la vista de lo actuado, cambian las circunstancias.

Con esta resolución, la Audiencia se pronuncia a favor de la fiscalía, que impugnó el recurso de la defensa y se opuso a la puesta en libertad.

Asimismo, insta a que se agilice «todo lo posible la instrucción», para completarla a la mayor brevedad, al tratarse de una causa con preso.

Nulidad

Los abogados del entrenador siguen pendientes de que la titular del Juzgado de Instrucción número 3 se pronuncie con respecto al incidente de nulidad. Esta parte alega que en el origen de la investigación, llevada a cabo por la Guardia Civil de Cáceres se lesionaron derechos fundamentales de su cliente.

En este sentido, sostiene que el procedimiento se inició de forma casual en el transcurso de la investigación a un tercero (una causa que ya juzgada y con sentencia firme), con la que su defendido no tenía relación. Pese a ello, según la defensa «se construyó» una imputación y se practicaron diligencias «intrusivas» posteriores sin dar cuenta a la autoridad judicial de esta nueva vía investigación.

Así, entienden que esta cuestión no es «meramente formal», sino que afecta al origen de la investigación y a la totalidad de las diligencias llevadas a cabo en esta causa.

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