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Consejo de Ministros

El Gobierno prevé limitar el interés máximo de los créditos al consumo, microcréditos y tarjetas 'revolving'

El Ejecutivo aprueba un anteproyecto que incluye obligar a todos los prestamistas a estar autorizados y supervisados por el Banco de España

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / José Luis Roca

Pablo Allendesalazar

Pablo Allendesalazar

Madrid

El Gobierno quiere limitar el coste máximo de los créditos al consumo, y particularmente de aquellos que tienen tipos de interés más altos como los microcréditos, las tarjetas 'revolving' o los préstamos rápidos en plataformas digitales. El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles un anteproyecto de ley que prevé que el coste máximo de esta categoría de préstamos a los particulares sea decreciente según su cuantía vaya siendo mayor. Los topes se revisarán trimestralmente por parte del Banco de España, pero si la ley y su desarrollo normativo estuvieran ya en vigor serían de entre en torno al 22% (para importes iguales o inferiores a 1.500 euros) y el 13% (para más de 6.000 euros a un plazo superior a seis años).

"Lo que pretendemos es evitar una situación de indefensión de los clientes y protegerles frente a situaciones de usura o de sobreendeudamiento", ha sostenido el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en la presentación de un proyecto normativo que traspone dos directivas comunitarias a la legislación española. El objetivo de la medida, así, no es tanto la banca tradicional como las entidades que prestan pequeñas cantidades con altos intereses a hogares normalmente vulnerables que no tienen acceso a la financiación bancaria ordinaria. Al contrario de lo que venía sucediendo, estas firmas van a pasar a tener que estar autorizadas y supervisadas por el Banco de España para poder operar.

El límite en el coste de los créditos se fijará a través de la TAE (tasa anual equivalente), que suma al tipo de interés otro tipo de costes como las comisiones. Se establecerá a partir del tipo de interés medio del crédito al consumo (6,67% en noviembre y 7,2% en TAE, según datos de este miércoles del Banco de España), al que se le añadirá un margen en función del importe (entre 15 y seis puntos porcentuales). De manera transitoria, si el proyecto de ley definitivo es aprobado por las Cortes y hasta la entrada en vigor del real decreto que lo desarrollaría, habría un límite general del 22% para los nuevos créditos y para las tarjetas 'revolving' (una de cada cuatro tendrían que bajar su tipo).

Microcréditos

Además de este régimen general, el anteproyecto prevé uno particular para los microcréditos (financiación de bajo importe, plazo de reembolso reducido y tipos elevados). Según Cuerpo, se estima que su saldo actual es de unos 500 millones de euros, el 0,5% del total, pero suponen en torno a un millón de operaciones, el 9% del global, y se concentran en hogares vulnerables. Este tipo de préstamos tendrán que tener un plazo de reembolso mínimo de tres meses y su coste se limitará a un tipo de interés mensual del 4% y una comisión de apertura máxima del 5% o 30 euros. Además, el coste máximo no podrá ser superior al de un crédito a doce meses por el mismo importe bajo el régimen general.

A modo de ejemplo, ha apuntado el ministro, un microcrédito de 300 euros y un plazo de 30 días le supone hoy al consumidor un coste promedio de 103 euros. Con la entrada en vigor de la normativa, el crédito deberá ser reembolsado en un mínimo de tres meses con un coste máximo de 40 euros. Y si el consumidor decide devolverlo de forma anticipada a los 30 días, el coste será de 20 euros.

Asimismo, las entidades autorizadas a conceder microcréditos estarán obligadas a proporcionar a sus potenciales clientes una información "específica y reforzada" con una antelación mínima de 24 horas para que estos puedan tomar una decisión de una forma más consciente. En la misma línea, la publicidad de estos productos no podrá destacar la facilidad o rapidez con la que se puede acceder a ellos por encima de otras de sus características, como su tipo de interés.

Novedades

Otra de las novedades del anteproyecto es que las entidades de créditos al consumo estarán obligadas a consultar el "historial crediticio" de sus potenciales clientes para evaluar su solvencia y "prevenir el sobreendeudamiento" de los consumidores. Además, las empresas que vendan "otros productos o servicios y quieran ofrecer financiación (concesionarios, grandes almacenes de muebles o electrodomésticos…)" lo tendrán que hacer como préstamos sin intereses.

Asimismo, el texto que el Gobierno va a someter a consulta pública para recibir comentarios antes de aprobar el proyecto definitivo que mandará al Congreso prevé reforzar la transparencia de la información que reciben los clientes. Los elementos esenciales de la información precontractual tendrán que quedar destacados en una página y se creará la figura de los "servicios de asesoramiento de deudas", que consistirá en la prestación de asesoramiento financiero, asistencia jurídica o psicológica y social para deudores en dificultades.

Economía, además, ha apuntado que se reforzarán los derechos del consumidor en casos de reembolso anticipado y en la comercialización de créditos con ventas vinculadas o combinadas de productos financieros, en particular de seguros. Asimismo, se fijará la obligación de establecer una función de desistimiento en la interfaz en línea, así como de desarrollar medidas para abordar las "dark patterns" (técnicas de diseño de la interfaz que "distorsionan" la toma de decisiones de los consumidores).

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