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21D: Elecciones en Extremadura

¿Cobran el paro los 65 diputados de la Asamblea de Extremadura?

Las Cortes Generales y numerosos parlamentos autonómicos contemplan cesantías tras la disolución de las cámaras por la convocatoria de nuevas elecciones

Fotogalería | Las imágenes del pleno en la Asamblea de Extremadura

Fotogalería | Las imágenes del pleno en la Asamblea de Extremadura / Javier Cintas

Mérida

En diciembre del año 2011 el exdiputado socialista Félix Dillana demandó a la Asamblea de Extremadura ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJEx) para reclamar una indemnización de 100.000 euros por los 24 años que había ejercido como parlamentario autonómico. «Lo único que hago es reclamar mi derecho», defendía ante el polvorín que tal decisión levantó en la opinión pública.

Dillana, excluido de la lista del PSOE en las elecciones del 22 de mayo de 2011, acudía a los tribunales después de que la propia Mesa de la Asamblea le hubiera negado la prestación. Se amparó en los precedentes de Federico Suárez, Blanca Martín, María Ascensión Murillo, Gloria Ojalvo (del PSOE) y Fernando Baselga (entonces en el PP), todos miembros de la Mesa que percibieron entre 4.000 y 10.181 euros tras dejar el escaño al finalizar la legislatura 2003-2007.

La nómina de los diputados

La nómina de los parlamentarios incluye el pago a la Seguridad Social gracias a un acuerdo alcanzado en el año 2000, lo que les permite la cobertura sanitaria. Pero en los 67.141 euros brutos que sus señorías perciben de retribución anual (4.795 euros al mes en 14 pagas, que se incrementan hasta los 5.202 y 5.345 para los miembros de la Mesa y 6.059 euros en el caso de la presidenta) no pagan cotizaciones por desempleo, por lo que no tienen derecho a paro.

Retribuciones brutas anuales de los miembros de la Asamblea de Extremadura

  • Presidenta: 84.826 €
  • Vicepresidente primero y segundo: 74.834 €
  • Secretarios primero, segundo y tercero: 72.839 €
  • Diputados: 67.141 €
  • Kilometraje: 0,22 € / Km (desde el domicilio)
  • Dietas (solo para los que no tienen dedicación exclusiva): 140 € residentes en Mérida y 162 € el resto

Efectivamente, el artículo 22.4 del Reglamento de la Asamblea recogía una «asignación de transición», similar a la que existe en las Cortes Generales para compensar a los diputados que perdieran tal condición por extinción de mandato o renuncia. Dillana finalmente no la recibió, ya que el TSJEx dictaminó que no se le había discriminado, como él argumentaba: el Reglamento no establecía la obligación, sino la potestad de la Mesa para decidir al respecto. Aún con la negativa judicial, la polémica fue de tal magnitud que Ascensión Murillo terminó devolviendo el dinero: 7.180 euros que aseguró haber recibido.

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Juntaex

La fallida reforma de 2018

La normativa por la que se indemnizó a los seis exdiputados en el año 2007 quedó obsoleta cuando el 19 de junio de 2008 se aprobó un reglamento nuevo de la Asamblea. Posteriormente, la reforma del año 2013 eliminó de lleno esta prerrogativa. Sin embargo, en 2018, a instancias de Podemos, la posibilidad se volvió a poner sobre la mesa: que los diputados que abandonen su cargo por fin de mandato (sea cual sea su duración) y no tuvieran trabajo, pudieran recibir algún tipo de compensación económica por cese. De nuevo, polémica de alcance nacional.

La formación morada defendía que el objetivo era asimilar a los diputados a cualquier otra persona que genera derecho a paro en su puesto de trabajo: percibir una asignación económica de carácter temporal para su adaptación a la vida laboral o profesional. Y así lo veían también el resto de grupos, que llegaron a aprobar por unanimidad la enmienda que recogía esta indemnización, a falta de definir el importe y las condiciones, siempre limitada solo a los parlamentarios con dedicación exclusiva y sin otras fuentes de ingresos.

Sin embargo, la falta de acuerdo en cuanto a texto completo llevó a la presidenta de la Asamblea, Blanca Martín, a retirar la reforma antes de su votación en el pleno, sin que tal asignación llegara a aprobarse de forma definitiva. «Ni en caso de disolución anticipada (término que no viene recogido en el Reglamento de la Asamblea de Extremadura) o simplemente disolución, no. No existen cesantías en la Cámara extremeña como sí existen en otros parlamentos, tanto regionales como en las Cortes Generales», ratifican ahora fuentes de la Asamblea.

Por tanto, los 65 parlamentarios autonómicos que han cesado del cargo por la disolución de la Cámara no tienen derecho a paro. Tan solo conservan su retribución económica y todas las prerrogativas (incluido el aforamiento) los 16 miembros que forman parte de la Diputación Permanente, hasta la constitución de la nueva Cámara.

Más casos en España

Más allá del precedente de la propia Asamblea de Extremadura, lo cierto es que tanto las Cortes Generales (Congreso y Senado) como diversos parlamentos autonómicos contemplan cesantías para los políticos al término de las legislaturas. La propuesta de Podemos copiaba la regulación que existe en Aragón: una mensualidad básica (unos 3.000 euros) por cada año de mandato o fracción superior a seis meses, con un límite de 18 pagos.

El Parlament de Islas Baleares es otro ejemplo: los diputados que no formen parte de la Diputación Permanente tienen derecho a una «indemnización de transición» única de 10.335 euros si no perciben otra retribución tras la convocatoria electoral. Andalucía, Canarias, Cataluña, Murcia, Navarra y el País Vasco también reconocen algún tipo de compensación económica, ya sea en forma de cesantía, indemnización de transición o prestación por cese. Una de las últimas en sumarse a este listado ha sido Asturias, que lo reguló en el año 2023.

Además de Extremadura, esta prestación no se contempla en Galicia, Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha, La Rioja y Cantabria. En la mayoría de estos casos, los portales de transparencia solo recogen las retribuciones ordinarias y dietas por desempeño del cargo, sin referencia a compensaciones de salida.

En el ámbito estatal, tanto el Congreso de los Diputados como el Senado contemplan una «indemnización de transición», solo para los diputados y senadores que no concurren de nuevo en las listas electorales o no resultan elegidos. Equivale a la retribución mensual prorrateada por los días de duración del periodo transitorio entre legislaturas.

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