La Junta recurrirá al Supremo el expediente sancionador a Guardiola y Morán por una visita al Jerte
La presidenta y la consejera sostienen que no vulneraron la Ley Electoral

Imagen de las obras que se acometen en el Jerte. / Cedida
La Junta de Extremadura presentará un recurso contra la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) que considera que la visita realizada el 10 de noviembre por la presidenta, María Guardiola, y la consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Mercedes Morán, a las obras de abastecimiento de agua de Jerte, pudo vulnerar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
El Gobierno autonómico sostiene que la actuación se ajustó a la neutralidad institucional y a la normativa electoral, tal y como ya concluyó la Junta Electoral de Extremadura cuando desestimó la denuncia inicial presentada por el PSOE.
En un acuerdo fechado el 27 de noviembre, la JEC estimó el recurso socialista y apreció “indicios suficientes” de posible vulneración de los apartados 2 y 3 del artículo 50 de la LOREG. Por ello instó a la Junta a retirar los contenidos informativos relativos a aquella visita y pidió que, en adelante, tanto Guardiola como Morán se abstengan de actuaciones que puedan incurrir en este tipo de infracciones.
Además, el órgano acordó trasladar el caso a la Junta Electoral de Extremadura para que la Junta Electoral Provincial de Cáceres incoe un expediente sancionador.
Las alegaciones de la Junta
No obstante, El acuerdo puede ser recurrido ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en un plazo de dos meses. La Junta tomará esta opción y defenderá en su recurso que la visita tuvo carácter técnico y se centró en explicar actuaciones de emergencia necesarias para garantizar el abastecimiento de agua tras los incendios registrados en la zona.
Según el Ejecutivo autonómico, las declaraciones de Guardiola se limitaron a detallar actuaciones de interés general y no incluyeron contenido electoralista, mientras que Morán no realizó manifestación alguna durante el recorrido.
El Gobierno regional mantiene que la resolución de la JEC contradice el análisis previo de la Junta Electoral de Extremadura y que la actuación fue, a su juicio, plenamente respetuosa con la Ley Electoral.
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