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Extremadura tramita el decreto que regulará esta figura altruista por primera vez

La Junta ultima los grupos voluntarios de incendios forestales: los interesados deben superar un curso y harán extinción y prevención

Los interesados en formar grupos ciudadanos, de hasta 15 personas, no pueden exceder los 60 años y te drán que solicitarlo en su ayuntamiento o mancomunidad cuando la normativa sea aprobada

Un vecino trabaja en un área quemada tras el incendio de Jarilla.

Un vecino trabaja en un área quemada tras el incendio de Jarilla. / Eduardo Palomo / Efe

Cáceres

Los propios vecinos, que conocen su territorio en profundidad, suelen convertirse en una ayuda vital en los incendios forestales. Y muchos lo fueron en el desolador fuego de Jarilla, el pasado agosto, tras el cual la Junta de Extremadura anunció, en un consejo extraordinario celebrado en Hervás, la puesta en marcha de los grupos voluntarios de incendios forestales en la comunidad. Se trata de una figura que ya contempla la Ley de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura de 2004, pero que no se había regulado nunca hasta ahora.

Este martes, la Junta acaba de dar un nuevo paso para que se conviertan en una realidad: el Diario Oficial de Extremadura publica la apertura del trámite de audiencia pública y el plazo de alegaciones del proyecto de decreto que regula la creación y actividad de estos grupos voluntarios.

Pero, ¿qué dice la regulación? ¿Cómo funcionarán estos grupos? La normativa en cuestión crea oficialmente los Grupos de Personal Voluntario de Incendios Forestales (GVIF) en Extremadura, que podrán estar formados por un máximo de 15 personas (una de ellas actuará como responsable) y que trabajará bajo la dirección y coordinación del Plan Infoex, el órgano que le encomendará las actuaciones que tengan que hacer ante la extinción de un incendio declarado. No obstante, los voluntarios también podrán llevar a cabo tareas de prevención de incendios, colaborando en trabajos de selvicultura preventiva, en la vigilancia del territorio y en la sensibilización ciudadana, entre otras labores. Todo se hará de forma desinteresada y altruista, sin recibir ninguna contraprestación.

«Los Grupos de Personal Voluntario de Incendios se configuran como un instrumento de participación ciudadana, canalizando la conciencia ambiental, la solidaridad y el compromiso cívico hacia la defensa del patrimonio forestal extremeño», destaca la normativa.

La acreditación oficial

Para formar estos nuevos grupos, que se encuadrarán orgánicamente en el órgano competente del ayuntamiento comunidad de su zona, los interesados tendrán que cumplir ciertos requisitos. En primer lugar no podrán tener menos de 18 años ni más de 60, deben residir en el municipio donde se halle el grupo y también será imprescindible superar un curso formativo que convocará anualmente la consejería competente en materia de incendios.

Además, deberán aportar un reconocimiento médico oficial que certifique que la persona reúne las condiciones físicas y de salud necesarias. De esta forma, la persona que supere la formación teórica aporte dicho reconocimiento contará con la acreditación oficial de la consejería como Persona Voluntaria de Incendios Forestales y contará con un documento acreditativo. Asimismo, será de obligado cumplimiento el uso de equipos de protección individual, así como la cobertura mediante póliza de seguros y también la participación en acciones formativas y concienciación ambiental.

Para iniciar el procedimiento y convertirse en voluntario de incendios en la comunidad, los interesados deberán presentar su solicitud al ayuntamiento de la zona (que debe tener aprobado el plan periurbano de prevención de incendios) o mancomunidad entre el 1 de enero y el 28 de febrero, una vez en vigor esta decreto aún en tramitación. La consejería dará prioridad a los grupos que se formen en las zonas de alto riesgo de incendios, según recoge la normativa en tramitación.

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