Sanidad
La Comisión Jurídica de Extremadura concluye que no hubo mala praxis del SES en la muerte de una bebé
El órgano consultivo ha rechazado la responsabilidad patrimonial por un parto inducido en 2024 (con una reclamación de 388.304,90 euros) y también por un supuesto retraso diagnóstico de cáncer de pulmón en 2022

Fachada del Hospital Materno Infantil de Badajoz. / EL PERIÓDICO
EFE
La Comisión Jurídica de Extremadura ha rechazado declarar la responsabilidad patrimonial del Servicio Extremeño de Salud (SES) por la muerte de una bebé de nueve días en 2024, al considerar que no ha existido mala praxis por parte del equipo facultativo que atendió el parto en el Hospital Materno Infantil de Badajoz, según el dictamen recogido por EFE. Los padres habían reclamado una indemnización de 388.304,90 euros.
Los hechos ocurrieron durante un parto inducido, cuando la mujer se encontraba en la semana de gestación 41+2. La niña nació, mediante cesárea, en parada cardiorrespiratoria y fue trasladada a la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos y Neonatales para reanimación, de acuerdo con el dictamen.
En su reclamación, los padres han alegado que, al tratarse de un parto inducido “de larga evolución” y con “progreso nulo”, la decisión de practicar una amniorrexis no podía considerarse una maniobra rutinaria, sino una decisión obstétrica de riesgo. También denunciaron que la epidural no se colocó correctamente y que no se les informó de forma adecuada sobre las actuaciones realizadas en cada momento, además de cuestionar la información reflejada en la historia clínica.
La Comisión Jurídica, sin embargo, ha concluido que no procedía declarar la responsabilidad patrimonial del SES al no apreciar mala praxis.
Segundo dictamen por un cáncer de pulmón
En otro dictamen, la Comisión Jurídica de Extremadura también ha rechazado declarar la responsabilidad patrimonial del SES por el retraso en el diagnóstico de un cáncer de pulmón que, según sus familiares, derivó en la muerte de un hombre en el Hospital Universitario de Badajoz en 2022.
En este caso se ha solicitado una indemnización de 181.514,06 euros (107.123,05 euros para la esposa y 74.391,01 euros para la hija). El dictamen ha señalado que “el máximo responsable de esta demora es el propio paciente y su entorno, quienes se despreocupan de los resultados y de leer los informes que les han entregado”.
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