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Iberdrola lleva al juzgado la acusación de REE y Redeia de que el apagón comenzó en una planta de Extremadura

Un juzgado mercantil de Madrid se declara competente para estudiar la demanda por presunta competencia desleal presentada por la eléctrica, que acusa a ambas compañías de menoscabar su reputación al atribuirle el origen del colapso del sistema

Planta fotovoltaica Núñez de Balboa de Iberdrola, en Extremadura.

Planta fotovoltaica Núñez de Balboa de Iberdrola, en Extremadura. / El Periódico

EFE

Cáceres

Un juzgado mercantil de Madrid examinará la demanda presentada por Iberdrola España contra Red Eléctrica de España (REE) y Redeia por presuntos actos de competencia desleal, después de que, según sostiene la compañía, ambas empresas le atribuyeran públicamente la responsabilidad del apagón del 28 de abril de 2025.

En un auto fechado este martes, al que ha tenido acceso EFE, el Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid rechaza los argumentos de REE y Redeia, que defendían que el asunto debía resolverse en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o, en su caso, en la jurisdicción contencioso-administrativa.

De este modo, el magistrado confirma que será la jurisdicción civil, a la que pertenece la materia mercantil, la competente para conocer de la demanda interpuesta por Iberdrola, al entender que se trata de un procedimiento que "no es técnico ni civil, sino estrictamente mercantil".

Rechazo a la vía administrativa

El juzgado desestima así la tesis de las demandadas, que sostenían que el conflicto debía ventilarse ante la CNMC y, en su caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

En su auto, el magistrado destaca que Iberdrola ejercita una acción de denigración al amparo de la Ley de Competencia Desleal, centrada en declaraciones públicas e informaciones difundidas por REE y Redeia que, según la eléctrica, habrían perjudicado su reputación en el mercado.

El objeto del procedimiento, subraya el juez, no es determinar las causas técnicas del apagón ni depurar responsabilidades por el mismo, sino analizar si existió un ilícito concurrencial por denigración.

La planta Núñez de Balboa

Según sostiene Iberdrola, las actuaciones de REE y Redeia le atribuían la responsabilidad del apagón al señalar el supuesto mal funcionamiento de la planta fotovoltaica Núñez de Balboa, en Usagre (Badajoz), lo que habría ocasionado un descrédito empresarial.

La demanda menciona "varias declaraciones públicas" de la presidenta de Redeia, Beatriz Corredor, y de su consejero delegado, Roberto García Merino, que la compañía considera actos de denigración, según recoge el auto.

En concreto, Iberdrola sostiene que "REE y Redeia han menoscabado el crédito de Iberdrola en el mercado con sus declaraciones e informaciones falsas, inexactas e impertinentes" sobre que el origen o la causa principal del apagón estuvo en un mal funcionamiento de la planta Núñez de Balboa.

La eléctrica considera que esa denigración se produjo tanto en un informe de REE del 18 de junio de 2025 como en las declaraciones públicas posteriores de Corredor y García Merino, en las que se apuntaba a que "el detonante del colapso de la red eléctrica de España" fue una oscilación de 0,6 hercios en una planta fotovoltaica situada en la provincia de Badajoz.

Pese a la anonimización del informe, el auto señala que la instalación "podía identificarse y así fue identificada por la prensa" como la planta Núñez de Balboa, una de las mayores fotovoltaicas de Europa y explotada por Iberdrola.

Lo que dijo Corredor en el Senado

En su demanda, Iberdrola recuerda además que el pasado 11 de septiembre, durante su comparecencia en el Senado, Beatriz Corredor defendió la actuación de Red Eléctrica como operador del sistema e insistió en el incumplimiento de los grupos convencionales en el incidente.

"La causa del apagón fue el incumplimiento por parte de los grupos convencionales de la obligación vigente de control de tensión en cuanto a la absorción de reactiva", afirmó entonces Corredor, en referencia a las centrales de generación eléctrica en manos de empresas privadas.

El auto, que puede ser recurrido, insiste en que el litigio abierto en el juzgado mercantil no persigue aclarar el origen técnico del apagón, sino dilucidar si las manifestaciones públicas de REE y Redeia constituyeron un acto de denigración comercial contra Iberdrola.

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