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Pacto PP-Vox

Europa cuestiona que Extremadura pueda negar un alquiler social a quienes lleven menos de cinco años empadronados

El TJUE considera discriminatorio exigir largos periodos de residencia para acceder a ayudas sociales, una fórmula similar al arraigo que el acuerdo de gobierno extremeño prevé para vivienda, subvenciones y prestaciones públicas

Archivo - La Gran Sala de vistas del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con sede en Luxemburgo.

Archivo - La Gran Sala de vistas del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con sede en Luxemburgo. / TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE - Archivo

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Mérida

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra los requisitos prolongados de residencia para acceder a viviendas o ayudas sociales complica uno de los puntos ya más sensibles del pacto entre PP y Vox en Extremadura: la llamada "prioridad nacional". El fallo, dictado en un caso italiano, no anula por sí solo el acuerdo extremeño, pero sí cuestiona la vía jurídica elegida por ambos partidos para intentar priorizar los recursos públicos en función del arraigo, el empadronamiento y la vinculación con el territorio.

La resolución, dictada este pasado jueves, afecta a un caso concreto de Italia, relativo a un refugiado a quien la administración le había retirado una ayuda de inserción social con el argumento de que no cumplía el requisito de 10 años de residencia en el país, los dos últimos de forma ininterrumpida. El tribunal europeo ha concluido que ese umbral constituye una "discriminación indirecta", porque aunque se formule como una condición neutral, afecta principalmente a personas no nacionales.

Llegada de un grupo de refugiados en una barca hinchable a la isla de Lesbos desde la costa turca el 9 de marzo de 2016.

Llegada de un grupo de refugiados en una barca hinchable a la isla de Lesbos desde la costa turca el 9 de marzo de 2016. / KAY NIETFELD / DPA

Lo que dice el pacto extremeño

El punto más delicado del acuerdo en Extremadura se encuentra en la vivienda pública. El documento PP-Vox ha previsto que la asignación de vivienda protegida y alquiler social priorice a quienes acrediten una vinculación prolongada con Extremadura. Para la compra, ese arraigo se ha fijado en diez años de empadronamiento; para el alquiler, en cinco. Además, se han previsto otros criterios como la actividad laboral o la existencia de familiares de primer grado residentes en la comunidad.

La medida no se limita a la vivienda. El acuerdo también ha trasladado el principio de "prioridad nacional" al conjunto de ayudas, subvenciones y prestaciones públicas, con la intención de priorizar a quienes acrediten un arraigo "real, duradero y verificable".

La sentencia europea no impide que las administraciones valoren determinados vínculos objetivos con el territorio en algunas convocatorias, pero sí advierte contra los periodos largos de residencia cuando se convierten en una barrera de acceso a prestaciones sociales. Ahí reside el choque potencial con el pacto extremeño: el arraigo, presentado como fórmula administrativa para evitar una discriminación directa por nacionalidad, puede acabar teniendo el mismo efecto excluyente que el Derecho europeo prohíbe.

El punto vulnerable es que el TJUE ha dicho justo lo que PP y Vox intentaban usar como vía de encaje: no discriminar directamente por nacionalidad, sino por arraigo o residencia prolongada. Para Luxemburgo, ese tipo de filtro puede ser igualmente discriminatorio si en la práctica excluye más a extranjeros, refugiados o beneficiarios de protección internacional. Además, el Tribunal rechaza que el coste económico o administrativo justifique esa diferencia de trato.

La Ley de Extranjería

En España, el margen ya era estrecho. La Ley de Extranjería reconoce en su artículo 14 que los extranjeros residentes tienen derecho a las prestaciones y servicios de la Seguridad Social y a los servicios sociales "en las mismas condiciones que los españoles"; y que los extranjeros, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas. En vivienda, la misma ley reconoce a los extranjeros residentes el acceso a ayudas públicas en los términos legales y garantiza a los residentes de larga duración el acceso en las mismas condiciones que los españoles.

El PP venía defendiendo que la "prioridad nacional" debía entenderse como arraigo, "con independencia de la nacionalidad", mientras Vox la ha interpretado como "los españoles primero". En el pacto de gobierno sellado en Extremadura se recoge que este principio de "prioridad nacional" será "adecuado a la legalidad vigente", pero el propio texto incluye la voluntad de instar la modificación de la Ley Orgánica 4/2000, la Ley de Extranjería, lo que evidencia que parte de las medidas exceden el margen autonómico y necesitarían cambios en la legislación estatal.

El PSOE pide explicaciones

Las reacciones no se han hecho esperar. La portavoz del PSOE en la Asamblea, Isabel Gil Rosiña, ha valorado que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea "viene a decir lo que ya sabíamos y habíamos advertido" y ha sostenido que "no se puede gobernar contra la gente, no se puede discriminar a los seres humanos y no se pueden establecer acuerdos desde las instituciones que vayan contra el derecho comunitario y contra los derechos humanos". En este sentido, ha señalado que la sentencia confirma lo que, a su juicio, el PSOE ya había denunciado "desde que conocimos el pacto de la vergüenza".

Gil Rosiña ha pedido a la presidenta de la Junta, María Guardiola, que aclare "cómo quiere gobernar esta región" y si pretende hacerlo "conforme al derecho comunitario, a lo que dicen las leyes y la Constitución" o "contra la gente". La portavoz socialista ha avanzado además que su partido constituirá en los próximos días la comisión jurídica para estudiar las decisiones del Ejecutivo autonómico y ha advertido de que utilizarán "todos los instrumentos jurídicos e institucionales" a su alcance contra cualquier decreto, medida o acción política que suponga "gobernar contra la gente".

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