Nuevo decreto en tramitación
Los extremeños mayores de 70 años podrán recibir hasta 12.500 euros para adaptar su vivienda
La Junta de Extremadura prepara una nueva línea de ayudas para instalar rampas, ascensores o reformar cocinas y baños, con la posibilidad de solicitar el 40% por adelantado

Los extremeños mayores de 70 años podrán recibir hasta 12.500 euros para adaptar su vivienda / El Periódico
La Junta de Extremadura está preparando un nuevo decreto de ayudas autonómicas para financiar obras de reforma destinadas a eliminar barreras arquitectónicas y mejorar la accesibilidad de viviendas y edificios residenciales. El texto, que todavía es un borrador y se encuentra en fase de presentación de sugerencias, prioriza a colectivos como los mayores de 70 años, las personas en situación de dependencia y los hogares donde residan personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
Las subvenciones previstas van desde los 6.000 hasta los 18.000 euros, si bien la cuantía máxima puede elevarse hasta los 21.000 euros en el caso de inmuebles catalogados o con algún tipo de protección patrimonial.
"En Extremadura sigue existiendo un elevado índice de edificios y viviendas que no se acomodan a los estándares de accesibilidad, y la rehabilitación supone una importante línea de actuación para combatir las dificultades que encuentran las personas con movilidad reducida para desenvolverse en su vida diaria. El envejecimiento poblacional hace que las intervenciones de accesibilidad sean cada vez más necesarias y urgentes remediando las carencias y deficiencias de los edificios y viviendas, que acaban resultando ser barreras limitantes en su día a día", destaca la Junta.

El consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, Francisco José Ramírez, atiende a los medios antes de comparecer en la Asamblea / JUNTA DE EXTREMADURA
Obras para eliminar barreras
El decreto, impulsado por la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, aprueba las bases reguladoras de dos programas: uno general para actuaciones de accesibilidad en viviendas y bloques de pisos, y otro específico para viviendas en las que residan personas con discapacidad o en situación de dependencia. Es esta segunda línea la que incluye ya una primera convocatoria para 2026, aunque el documento aún no concreta la dotación económica total, que aparece pendiente de fijar.
Las ayudas podrán destinarse a actuaciones como la instalación de ascensores, rampas, salvaescaleras, automatismos en puertas, videoporteros, sistemas domóticos, bucles magnéticos, grúas o elementos de aviso luminosos, sonoros o vibrotáctiles. También se incluyen reformas en el interior de las casas, especialmente en espacios como baños, cocinas o zonas de paso, cuando estén dirigidas a facilitar la autonomía personal y la accesibilidad universal.
Programa general
El programa general es el más amplio. Financia la accesibilidad en viviendas unifamiliares, pisos y zonas comunes de bloques como portales, escaleras o ascensores. Aquí pueden entrar propietarios particulares, pero también comunidades de vecinos o edificios residenciales completos. En este programa se prioriza a colectivos como personas con discapacidad del 65% o más, personas en situación de dependencia, personas con discapacidad desde el 33% y mayores de 70 años.
Para estos últimos, la clave es que la ayuda puede cubrir hasta el 70% de la inversión (frente al 50% general), con un máximo de 12.500 euros para viviendas unifamiliares, 6.000 euros en pisos y 9.000 euros si se trata de una obra en elementos comunes de un bloque de vecinos. En el caso del programa específico para personas con discapacidad de más del 65% o dependencia, la ayuda será de 18.000 euros, con el límite del 80% de la inversión realizada.

Una mujer de 91 años con un robot diseñado para ayudar a las personas mayores en su día a día. / ECG
Requisitos
Los requisitos varían en función del programa. En las ayudas dirigidas a viviendas particulares, la persona solicitante deberá ser titular del 100% del pleno dominio o del usufructo vitalicio de la vivienda, mientras que en el programa general también podrán concurrir comunidades de propietarios.
Los beneficiarios deberán estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda, cumplir los límites de renta (4 veces el IPREM, unos 33.600 euros anuales) y acreditar, si procede, la residencia de mayores de 70 años, personas con discapacidad o dependencia que justifican la prioridad de la ayuda.
El borrador plantea que estas subvenciones se concedan por el procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta. Es decir, se tramitarán conforme se vayan presentando las solicitudes que cumplan los requisitos, siempre que exista crédito disponible.
La Junta justifica esta fórmula por la necesidad de dar una respuesta rápida a situaciones que afectan a la movilidad diaria de personas vulnerables. El propio texto alude a «razones sociales, humanitarias y de urgencia» y señala que muchas actuaciones no pueden esperar por el estado de los inmuebles o por la situación personal de quienes los habitan.
Una de las medidas previstas es la posibilidad de solicitar un pago anticipado del 40% de la ayuda concedida, con un límite máximo de 4.000 euros. Para recibir ese adelanto será necesario que la obra ya haya comenzado, aunque no se exigirá aval ni garantía.
AYUDAS A LA ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS
1. AYUDA GENERAL
Para viviendas y edificios residenciales
¿A quién va dirigida?
• Propietarios de viviendas
• Comunidades de propietarios
• Agrupaciones de comunidades
• Propietarios únicos de edificios residenciales
¿Para qué obras?
• Ascensores
• Rampas
• Salvaescaleras
• Automatismos en puertas
• Videoporteros accesibles
• Domótica
• Grúas
• Bucles magnéticos
• Adaptación de baños y cocinas
• Mejora de zonas de paso y circulación
Cuantía
• 12.500 euros por vivienda unifamiliar
• 6.000 euros por vivienda en bloque
• 9.000 euros por vivienda en actuaciones en elementos comunes de edificios
Cuantía ampliada
• Hasta 15.000 euros si reside una persona con discapacidad desde el 33% o con dependencia
• Hasta 18.000 euros si reside una persona con discapacidad del 65% o más
• +3.000 euros si la vivienda o edificio está protegido o catalogado
Límite de la ayuda
• 50% del presupuesto, con carácter general
• 70% si vive una persona con discapacidad desde el 33%, dependencia o una persona de 70 años o más
• 80% si vive una persona con discapacidad del 65% o más
Requisitos
• Ser titular del 100% de la vivienda o usufructuario vitalicio
• Tener ingresos de hasta 4 veces el IPREM (en el caso de personas físicas)
• Destinar la vivienda a residencia habitual
• Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
• Las obras no pueden haberse iniciado antes de pedir la ayuda
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2. AYUDA ESPECÍFICA
Para viviendas de personas con discapacidad o dependencia
¿A quién va dirigida?
• Propietarios o usufructuarios vitalicios de la vivienda
• En la casa debe residir una persona con:
• discapacidad del 65% o más, o
• dependencia reconocida
¿Para qué obras?
• Las mismas actuaciones de accesibilidad:
ascensores, rampas, salvaescaleras, baños adaptados, domótica, videoporteros accesibles, etc.
Cuantía
• 18.000 euros por vivienda
• 21.000 euros si la vivienda está protegida, catalogada o es BIC
Límite de la ayuda
• Hasta el 80% del presupuesto protegido
Requisitos
• Ser titular del 100% de la vivienda o usufructuario vitalicio
• Que resida en la vivienda una persona con discapacidad del 65% o más o con dependencia
• Esa persona debe vivir allí al pedir la ayuda y también al justificarla
• Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
• Las obras deben haberse iniciado después del 1 de enero de 2025
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CÓMO SE CONCEDEN
• Por concesión directa
• Se tramitan por orden de solicitud
• Siempre que haya crédito disponible
Prioridades en la ayuda general
- Viviendas o edificios con residentes con discapacidad del 65% o más o dependencia
- Viviendas o edificios con residentes con discapacidad desde el 33% o personas de 70 años o más
- Resto de solicitudes
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PLAZOS Y PAGO
Plazo para resolver
• 3 meses
Plazo de solicitud en la primera convocatoria específica
• 3 meses
Plazo para ejecutar las obras
• 12 meses
• Prorrogable otros 6 meses
Anticipo
• Se podrá pedir un anticipo del 40%
• Máximo: 4.000 euros
• Sin aval
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