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Acceso residencial

El Bono Alquiler Joven vuelve a Extremadura con ayudas de hasta 6.000 euros

La ayuda cubrirá durante un máximo de dos años alquileres de viviendas de hasta 600 euros al mes y habitaciones de hasta 300

Carteles de pisos en alquiler.

Carteles de pisos en alquiler. / EP

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Cáceres

El Bono Alquiler Joven vuelve a Extremadura con una nueva convocatoria para las anualidades 2026 y 2027. La Junta ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura las bases de estas ayudas estatales, destinadas a facilitar el acceso a la vivienda y favorecer la emancipación de los jóvenes de la región.

La convocatoria cuenta con 6 millones de euros, repartidos en dos anualidades de 3 millones cada una. La cuantía será de 250 euros mensuales durante un periodo máximo de dos años, por lo que cada beneficiario podrá recibir hasta 6.000 euros si mantiene los requisitos durante todo el periodo subvencionable.

Quién puede pedirla

Podrán solicitar el Bono Alquiler Joven las personas de hasta 35 años que tengan ingresos limitados y dispongan de una fuente regular de ingresos, que puede proceder de un trabajo por cuenta ajena o propia, de una actividad investigadora o de prestaciones públicas periódicas. En el caso de una vivienda completa, el alquiler mensual no podrá superar los 600 euros. Si se trata de una habitación, el límite se fija en 300 euros mensuales.

La convocatoria establece además límites de ingresos. Con carácter general, podrán acceder a la ayuda quienes no superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, el IPREM. Ese umbral podrá elevarse hasta 3,5 veces el IPREM cuando convivan dos jóvenes beneficiarios y hasta cuatro veces el IPREM cuando la vivienda esté compartida por tres o más jóvenes beneficiarios.

Solicitudes por orden de entrada

Las ayudas se concederán mediante el procedimiento de concesión directa y convocatoria abierta. En la práctica, esto supone que las solicitudes se resolverán por riguroso orden de entrada siempre que cumplan los requisitos exigidos.

Tendrán prioridad quienes no hayan sido beneficiarios anteriormente en Extremadura de las ayudas al alquiler incluidas en el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda. También se tendrá en cuenta a quienes hubieran renunciado expresamente a esas ayudas antes de recibir su pago.

Plazo y tramitación

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir del 15 de julio de 2026. La tramitación deberá realizarse de forma electrónica a través de la sede de la Junta de Extremadura. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura, Accesibilidad y Regeneración Urbana.

La convocatoria contempla además la posibilidad de reconocer ayudas con carácter retroactivo para mensualidades anteriores a la solicitud, siempre que no hayan sido subvencionadas previamente. Ese reconocimiento tendrá como límite máximo el 1 de enero de 2025.

Fuente: El Periódico de Extremadura

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