Nuevo convenio
La factura sanitaria de los accidentes de tráfico en Extremadura: hasta 1.600 euros por un día en UCI
El SES actualiza las tarifas que cobrará a las compañías aseguradoras por atender a los lesionados en siniestros de circulación

Accidente de trafico en Badajoz. / SANTIAGO GARCIA VILLEGAS
324 euros por una primera asistencia sanitaria, 766 euros por cada día de hospitalización en planta y 1.534 euros por una jornada en UCI. Es la factura sanitaria de los accidentes de tráfico en Extremadura. No la paga directamente el paciente, pero sí marca el coste que el Servicio Extremeño de Salud (SES) podrá reclamar a las aseguradoras y al Consorcio de Compensación de Seguros por la atención prestada en la sanidad pública a las víctimas de siniestros de circulación.
Las cifras se recogen en un convenio firmado por la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia con el Consorcio de Compensación de Seguros y Unespa, la asociación que representa a las patronales del seguro en España. El texto se acaba de publicar en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), con vigencia desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2029.
El coste de cada asistencia
El convenio pone precio a cada tramo de la atención sanitaria. Este año, la primera asistencia o urgencia sin ingreso se fija en 324 euros por lesionado atendido. Cada día de hospitalización en planta tendrá una tarifa de 766 euros, mientras que la estancia diaria en una unidad de cuidados intensivos ascenderá a 1.534 euros. La rehabilitación se fija en 32 euros por día, las visitas sucesivas de seguimiento en consulta externa en 75 euros y la cirugía mayor ambulatoria en 900 euros por lesionado atendido.
Son importes que se aplicarán a la asistencia sanitaria prestada a lesionados por hechos de la circulación con cobertura de responsabilidad civil derivada del uso y circulación de vehículos a motor. El convenio precisa que las tarifas se aplican tanto en instituciones propias del sistema público como en centros ajenos concertados en régimen de administración y financiación directa.
La factura aumentará de forma progresiva durante los próximos ejercicios. En 2029, último año de vigencia del convenio, la hospitalización en planta alcanzará los 833 euros por día, la UCI subirá hasta los 1.669 euros, la primera asistencia será de 352 euros, la rehabilitación de 35 euros diarios, la cirugía mayor ambulatoria de 979 euros y cada visita sucesiva en consulta externa de 82 euros.
Hasta 11.664 euros por el conductor
Además de las tarifas por cada acto sanitario, el acuerdo fija cuantías máximas para determinados supuestos. En el caso del conductor de un siniestro en el que interviene un solo vehículo, el importe de la facturación de las prestaciones sanitarias no podrá superar este año los 11.664 euros. Si se trata de motocicletas, ciclomotores o vehículos asimilables, el límite baja a 3.900 euros.
Esos topes también subirán durante la vigencia del convenio. En 2029, la cuantía máxima para el conductor de un accidente con un único vehículo será de 12.683 euros, mientras que en motocicletas, ciclomotores o vehículos asimilables alcanzará los 4.241 euros. El texto precisa además que el traslado en ambulancia del lesionado computará dentro de ese límite de facturación.
Quién paga la factura
El contexto ayuda a dimensionar esa factura. Según UNESPA, el seguro del automóvil destinó en 2025 un total de 431 millones de euros en España a cubrir la atención sanitaria de víctimas de accidentes de tráfico. De esa cantidad, Extremadura concentró alrededor de 6,9 millones, y más de un 80%fue a parar a la red pública.
El convenio recuerda que los servicios de salud tienen derecho a reclamar al tercero responsable el coste de la asistencia sanitaria prestada cuando exista un seguro obligatorio o una persona o entidad obligada a asumir ese gasto.
En los siniestros con un único vehículo, las entidades aseguradoras deberán asumir las prestaciones sanitarias que precisen las víctimas, incluido el conductor, aunque en este caso con los límites económicos recogidos en el propio acuerdo. Si el vehículo no tiene seguro o es robado, el Consorcio asumirá los gastos de las víctimas, con excepciones para el conductor y para los ocupantes que conocieran esa circunstancia.
En accidentes con más de un vehículo, cada aseguradora abonará las prestaciones sanitarias correspondientes a las víctimas ocupantes del vehículo que asegure y al conductor respectivo, salvo en los supuestos de vehículos sin seguro o robados. Para terceros no usuarios de los vehículos, como peatones, el pago corresponderá a la aseguradora del vehículo causante material de las lesiones.
Dos años desde la primera asistencia
El acuerdo establece que todas las facturaciones tendrán, con carácter general, un límite máximo de dos años desde la primera asistencia prestada en el sector público. Ese periodo incluye asistencias, controles y revisiones hasta la curación del lesionado. La excepción se produce cuando existan lesiones susceptibles de asistencia sanitaria futura. En esos casos, las prestaciones facturables por este convenio tendrán como límite la fecha en la que se determine la estabilización de las lesiones.
Los centros sanitarios deberán remitir a las aseguradoras intervinientes en el siniestro un parte de asistencia por cada lesionado en el plazo de 60 días naturales desde la recepción del paciente. Una vez aceptado el parte, se enviará la factura con el detalle de los conceptos y precios correspondientes. Las aseguradoras y el Consorcio dispondrán de 30 días naturales desde la recepción de la factura para aceptar o rechazar los gastos sanitarios. Si no comunican el rechazo en plazo, el sistema prevé el pago automático conforme a las tarifas del convenio.
Ambulancias y seguimiento
El transporte sanitario también queda tarifado. En 2026, un traslado individual programado tendrá un fijo de 51 euros más 0,78 euros por kilómetro; el colectivo, utilizado para rehabilitación, pruebas o consultas, se fija en 40 euros más 0,60 euros por kilómetro; y el traslado de críticos en UVI móvil ascenderá a 404 euros más 1,39 euros por kilómetro. En los servicios no programados, como altas hospitalarias, el traslado individual convencional será de 57 euros más 0,78 euros por kilómetro.
Junto al convenio general, el DOE ha publicado otro acuerdo específico para la asistencia sanitaria futura derivada de accidentes de tráfico. Ese segundo texto regula los casos en los que, una vez estabilizadas las lesiones, la víctima queda con secuelas que pueden requerir atención sanitaria posterior. El convenio se aplicará a accidentes ocurridos entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2029 y fija compensaciones en función del tipo de secuela, la edad del lesionado y las condiciones económicas previstas.
Los acuerdos incorporan además una disposición adicional relacionada con los vehículos personales ligeros que no estén incluidos en el concepto legal de vehículo a motor. Las partes se comprometen a regular, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la obligación de aseguramiento, su posible inclusión en el convenio. Una puerta abierta a adaptar la factura sanitaria de los accidentes a las nuevas formas de movilidad.
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