Síguenos en redes sociales:

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL VE LA SENTENCIA QUE RECHAZA EL RECURSO DE LA EMPRESA.

El TSJEx obliga a Jardines del Guadiana a demoler la carpa

Confirma un auto de enero del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2.El ayuntamiento ejecutará el fallo sila empresa no lo hace en 15 días.

El TSJEx obliga a Jardines del Guadiana a demoler la carpa

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) obliga a Jardines del Guadiana a demoler la carpa que tiene en el campo de golf, al desestimar un recurso de esta contra el auto del pasado 8 de enero del Juzgado 2 de lo Contencioso Administrativo de Badajoz, que resolvió un incidente de ejecución de sentencia imponiendo que se llevara a cabo la misma: el derribo de la carpa, conforme a lo acordado por ese juzgado en procedimiento ordinario el 31 de julio del 2006.

En el mismo se desestimó el recurso de Jardines del Guadiana contra el consistorio, que en 2005 imponía la demoler la carpa "y edificación anexa de fábrica, instalada en el Plan Especial Oferta Turística Complementaria al Campo de Golf Guadiana".

La edila Consuelo Rodríguez manifestó que la empresa debe ejecutar la demolición en 10 o 15 días, y si no, lo hará el ayuntamiento cobrando los gastos después a la empresa. También recordó que la carpa está indebidamente construida y que carece de licencia.

Pulsa para ver más contenido para ti