Piden 17 años de prisión para un acusado de disparar a un vecino en una romería

El juicio por estos hechos, ocurridos en Higuera de Vargas en 2022, se celebra hoy en la Audiencia Provincial de Badajoz

La fiscalía argumenta que el procesado actuó ánimo de acabar con su vida y la defensa, lo niega

Edificio de la Audiencia Provincial de Badajoz, en la avenida de Colón.

Edificio de la Audiencia Provincial de Badajoz, en la avenida de Colón. / S. GARCÍA

Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

Diecisiete años de cárcel. Es la pena que la fiscalía solicita para un vecino de la localidad pacense de Higuera de Vargas acusado de disparar y herir a un paisano durante la romería de San Isidro de 2022. El procesado, de 47 años, se sienta este miércoles en el banquillo de la Audiencia Provincial de Badajoz para ser juzgado por un presunto delito de asesinato en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas. Por el primero, el ministerio público pide que se le condene a 15 años de prisión y por el segundo, a 2 años. Además, reclama una indemnización para la víctima de 26.764 euros por las lesiones y secuelas que padece.

Los hechos ocurrieron

. Según el escrito del fiscal, el acusado y el perjudicado mantuvieron una discusión, durante la que llegaron a agarrarse y zarandearse, tras la que el primero se marchó del lugar para coger un arma corta -un revolver Arnibus del calibre 22-, con la que regresó minutos después con la intención de acabar con la vida del segundo «como represalia».

Según el relato del ministerio público, el procesado volvió a la finca a bordo de su vehículo, se aproximó a la víctima y la conminó «de forma agresiva» a subirse al coche, a lo que esta no accedió, por lo que, desde el propio turismo y «a muy corta distancia», la encañonó «de forma sorpresiva» mientras le gritaba «te mato».

Con el «ánimo de provocar su muerte», según la fiscalía, el procesado realizó hasta tres detonaciones contra el cuerpo del demandante, a quien no tuvo tiempo de adoptar ninguna medida de defensa. Uno de los proyectiles impactó en el tercio superior de su pecho, a la altura del el corazón y los pulmones, «con riesgo de afectar a estructuras vitales», precisa en su escrito. 

Proyectil alojado

El disparo provocó un orificio de entrada, pero no de salida, es decir, se quedó alojado a la altura de la clavícula, donde aún permanece, pues no se le pudo extraer. El impacto provocó una herida de un centímetro, que requirió tratamiento médico-quirúrgico y que tardó en curarse 15 días. Estas lesiones han dejado cicatrices en el cuerpo de la víctima, quien además, según el fiscal, padeció un trastorno depresivo y de ansiedad a causa de este episodio, que «limitan de forma parcial» el desarrollo de sus actividades habituales.

El acusado, que huyó del lugar tras los hechos, fue detenido al día siguiente, desde el que permanece en prisión preventiva.

La defensa, en manos de José Duarte, no comparte la versión íntegra que sostienen la fiscalía y la acusación particular, pues considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones, y no de asesinato en grado de tentativa, ya que su cliente -sin antecedentes- no tuvo la intención de acabar con la vida de nadie, por lo que procede imponerle una condena de 2 años de prisión.

Según su abogado, el día de los hechos el investigado había consumido «grandes cantidades» de alcohol y unos 2,5 gramos de cocaína, sustancia estupefaciente de la que era consumidor habitual. Cuando se encontró con la víctima en la caseta del bar que regenta el procesado, la víctima se dirigió a él llamándolo «mariquita», por lo que se inició una disputa entre ambos, que llegaron a agarrarse del cuello. Tras la refriega, el acusado se marchó y regresó con un arma, «para poder defenderse en caso de necesidad». 

"Un solo tiro al aire"

Según la defensa, el demandante y sus acompañantes comenzaron a pegarle y trataron de que bajara de su coche, momento en el que su cliente sacó el arma y realizó «un solo tiro al aire», que impactó en el hombro de su paisano. Su intención, según argumenta, nunca fue la de menoscabar la integridad física de nadie, sino que lo que pretendía era «disuadir» a las personas que lo estaban agrediendo.

Duarte plantea que se tengan en cuenta como eximentes incompletas o atenuantes muy cualificadas la legítima defensa y la intoxicación por consumo de alcohol y consumo de droga, así como las circunstancias atenuantes de reparación del daño -el demandado ya ha entregado una suma de dinero en concepto de responsabilidad civil y abonará la cantidad total que fije la sala- y de confesión de los hechos, pues facilitó la investigación «hasta el punto de decir donde se encontraba el arma». H

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