SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Absuelto en Badajoz un promotor acusado de estafar en la compraventa de dos viviendas

El tribunal no considera probado que actuase con "engaño"

El promotor absuelto durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz.

El promotor absuelto durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz. / LA CRÓNICA

Belén Castaño Chaparro

Belén Castaño Chaparro

La Audiencia Provincial de Badajoz ha absuelto a un promotor acusado de estafar a dos clientes en la compraventa de sendos pisos en la localidad pacense de Zafra. Los hechos por los que ha sido juzgado se remontan a 2008, cuando a los compradores, que los habían adquirido sobre plano y pagado íntegramente en 2007, al reclamar sus propiedades, les comunicaron que estaban hipotecadas, por lo que al entender que las tendrían que pagar dos veces, demandaron a la promotora y a la constructora.

Por estos hechos, ya se juzgó a otras tres responsables de la promotora y la empresa constructora, que también fueron absueltos. 

El tribunal, en su sentencia considera que no ha quedado acreditado que el cuarto acusado, que era administrador de la promotora que proyectó las viviendas cuando los demandantes las compraron, llevase a cabo la compraventa de los pisos utilizando «engaño» como para motivar el desplazamiento patrimonial realizado por los denunciantes.

Asimismo, tampoco entiende probado que firmara la hipoteca de los terrenos sobre los que se iban a levantar las casas con el objetivo de ocultar la carga o de gravar indebidamente las viviendas que había vendido anteriormente sobre plano a los demandantes, ni que participara en la operación de escritura de dación en pago, por la que la constructora se quedó con la propiedad de los pisos por la deuda que había contraído con ella la promotora (2014.708 euros), pues antes de que esto ocurriera el acusado había dejado de ser administrador de esta última.

La fiscalía solicitaba para el promotor dos años de cárcel por un delito de estafa impropia, mientras que la acusación particular pedía 3 años de prisión por estafa. 

Por su parte, la defensa pedía la absolución de su cliente por no tener vinculación con los hechos denunciados.

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Badajoz no es firma y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. La acusación particular ya avanzado que sus representados no recurrirán el fallo.