Opinión | el embarcadero

La protección

El viernes pasado conmemorábamos el día internacional para la eliminación de la violencia de género y por todo el país hubo manifestaciones contra esta lacra social. Con un incremento de las agresiones sexuales y la percepción que los jóvenes tienen de las violencias machistas (un 10% cree que no existen), en octubre entró en vigor la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual –o «ley del solo sí es sí»– y desde hace pocas semanas se vienen conociendo rebajas y excarcelaciones de algunos condenados por delitos sexuales. Hemos de ser conscientes de que problemas de derecho transitorio han existido siempre, hay experiencias como la ley del Código Penal, de 1995, y sus posteriores reformas: en 2004, 2010, 2011 y 2015. Estas contrariedades de derecho transitorio se resolvieron con buena voluntad, ponderación a las circunstancias y con el principio de proporcionalidad. ¿Por qué no se hace ahora igual? Pensar en el beneficio de una ley solo en términos penales es un error, a mi juicio. La «ley del solo sí es sí» abre la puerta a un cambio de paradigma, de tal manera que se está facilitando que las víctimas de violencia sexual se identifiquen como tales, que acudan a las diferentes instituciones para pedir ayuda y denunciar. El objetivo fundamental de esta ley, tan denostada por algunos, es la protección integral de todas las víctimas de violencia sexual. La respuesta punitiva es importante pero el derecho penal no lo es todo, no es la solución a todas las dificultades. Pensar en proporcionalidad, sí; pero, de la misma manera, protección integral de las víctimas de violencia sexual, también de las que no hayan podido manifestar su oposición o resistencia, o la agresión se haya producido sin violencia. No olvidemos que la respuesta de las víctimas de violencia sexual es diversa, algunas quedan en estado de ‘shock’ (lo que se denomina inmovilidad tónica). Ya está bien de banalizar o incluso normalizar la violación y culpar a las mujeres de estos hechos, bajo ideas como: «¿qué hacías por ahí a esas horas?» o «esto te pasa por ir borracha». Hay una película británica que refleja todo esto bastante bien: ‘Una joven prometedora’ (2020), de Emerald Fennell. Merece la pena verla. Así pues, se ha de apreciar la importancia de esta ley –cambiarla resulta prematuro– y hay que darle tiempo. Está claro que se ha dado un paso adelante para proteger a las víctimas de violencia sexual, que la mayoría son mujeres, niñas y niños, y su eje fundamental es el consentimiento afirmativo, es decir, es agresión sexual todo acto sexual que no cuente con el consentimiento expreso, voluntario y libre. El silencio no es consentimiento, una clara máxima de una plena autonomía y libertad sexual. Además, en la ley se contemplan medidas en el ámbito educativo, sanitario y de prevención, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, o con la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en las comunidades autónomas. Por tanto, en un clima de tensión y crispación política constante, nada debería eclipsar a las víctimas y toda la sociedad, al unísono, hemos de combatir unas violencias machistas que suponen un claro atentado contra la integridad y la dignidad humana.