Imparcialidad de los jueces

Un magistrado del Supremo se aparta del recurso contra el nombramiento de Carmen Calvo para preservar la "imparcialidad" del tribunal

Pablo Lucas, que formó parte del tribunal que permitió a la exministra acceder a una plaza el la Universidad de Córdoba en los años 90, pidió ser eximido a pesar de que en su caso no concurre causa de abstención prevista en la ley

Cristina Gallardo

El Tribunal Supremo ha estimado "justificada" la abstención de uno de los magistrados de su Sala de lo Contencioso-Administrativo, Pablo Lucas, para analizar la demanda que Vox ha presentado contra el nombramiento de Carmen Calvo como presidenta del Consejo de Estado. El magistrado pidió apartarse pese a reconocer que en su caso no concurría causa legal para ello, con el fin de "evitar sospechas de imparcialidad" por la relación profesional que mantuvo con la exvicepresidenta hace décadas.

La Sala considera que, "como han destacado múltiples instancias e instrumentos nacionales e internacionales, los jueces no solo deben satisfacer criterios objetivos de imparcialidad, sino que, además, debe de verse que son imparciales, por lo que la percepción que pueda tener un observador razonable se toma en consideración".

El autor de la ponencia del auto, que tiene fecha del pasado 23 de abril y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del mismo grupo editorial, es el magistrado José Luis Requero. Se trata de uno de los cuatro magistrados que han sido recusados por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que considera que están "contaminados" para revisar un recurso presentado contra su designación por el Gobierno de Pedro Sánchez resultante del 23-J.

El fiscal general, cuya decisión ha causado profundo malestar en algunos sectores del alto tribunal, considera que es "más sano" que los magistrados que apuntaron el pasado mes de noviembre que había incurrido en "desviación de poder" al impulsar el ascenso de su predecesora, Dolores Delgado, a la cúpula de la fiscalía, no sean los mismos que revisen la demanda presentada contra él por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales . Argumenta que así no tendrán que "juzgarse a sí mismos" en relación con ese argumento.

"Evitar toda duda o sospecha"

Se da la circunstancia de que la recusación de García Ortiz se detiene especialmente en Requero por el contenido de un artículo en el que Requero tildaba de "apesebrados" tanto a los miembros del Tribunal Constitucional como a la propia Fiscalía.

En el auto referido a la abstención de su compañero Pablo Lucas se argumenta en favor de la abstención, dirigida a "evitar toda duda o sospecha de falta de imparcialidad objetiva", con respecto al recurso contra el nombramiento de Carmen Calvo. La decisión, de la que participan otros dos magistrados recusados ahora por García Ortiz --Luis María Díez-Picazo y Antonio Jesús Fonseca-Herrero-- se adopta "atendida la singularidad del caso que no encaja en ninguno de los supuestos de nuestro ordenamiento", según reconoce el auto.

Las razones de la abstención de Lucas se remontan a los años 90, cuando el hoy magistrado formó parte del Tribunal que permitió a la política socialista acceder a una plaza como profesora titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Córdoba. Años más tarde, dirigió junto a ella la tesis de un alumno.